Todo vale en este municipio: incluido poner un "punto verde" dentro de un parque publico


Zona de picnic del parque publico un equipamiento publico, suprimido para sus usuarios, y convertido en estacionamiento para las actividades privativas contaminantes de empresa de limpieza de turno al servicio de la DFB

ZDU (corregida 18/15/24)

Nos envían varios WhatsApp denunciado este supuesto aparcamiento de autocaravanas en la zona de Santarena, en Busturia, dentro del aparcamiento de la playa de San Antonio.... pues consultado el patronato no consta autorización alguna, el ayuntamiento nos dice que ha dado permiso para un "Punto Limpio" donde se van a recoger los residuos de las limpiezas de las playas de Urdaibai.

Este centro de residuos solidos urbanos esta promocionado por la Diputación Foral de Bizkaia para sus trabajos de apoyo a la playas. Sustituirá previsiblemente al que está junto a la rotonda de la Colonia de la BBK que no cumple los requisitos legales. Y por cierto, hay que señalar, que la DFB no tiene ninguna competencia en la gestión de residuos y la recogida de RSU; en el tema de la limpieza de las playas actúa por delegación de los Ayuntamientos, que son los competentes. Aquí entran en colación,  las necesidades mercantiles de las empresas del conglomerado clientelar del "partido bizcaitarra" que se llevan los contratos de limpieza de playas de Bizkaia.

Pues bien, estamos ante lo que antes se llamaba "centro de pretratamiento y trasferencia de residuos solidos urbanos"  y ahora eufemísticamente "punto limpio". Que en todo caso tiene que cumplir con las leyes medioambientales y de normas de actividades NIMP vigentes en Busturia, con su exposición al publico información y alegaciones... pero esto no debe de ser de "escucha obligatoria" para nuestros gobernantes locales.

Pero en todo caso habrá que pensar si una actividad como esta no puede tener otra ubicación alternativa dentro del municipio, y preguntarse ¿¿Como se ponen varios contendores de residuos en plena zona verde junto a un área de equipamientos comunitarios?? ¿¿las chuletillas que asarán los usuarios en el área de picnic adjunto a que olerán a majado o a lixiviados??. (ver que son  LIXIVIADOS)

No nos consta en la WEB municipal; ni licencia de obras, ni de actividades, ni permiso del Patronato que serian los que necesitaría una instalación en suelo rustico, sea caseta de aperos de labranza o cuadra de ganadería u otros usos autoribles. Sin embargo el Ayuntamiento de Busturia nos dice que es un punto limpio de la DFB que tiene todos los permisos. Pero en el patronato de Urdaibai no saben nada de esta obra.

Supuestamente un punto limpio es una instalación dedicada a la recogida y catalogación de los residuos que producen los ciudadanos. En este sentido, realiza una labor similar a los contenedores de reciclaje que están junto a los cubos de basura en la vía pública. Pero, en el caso de los puntos limpios, son instalaciones mucho más grandes que permiten gestionar casi cualquier tipo de residuo, desde pilas y aceite de cocina, a muebles, electrodomésticos, basura tecnológica, etc.

Desgraciadamente en este punto se van a verter lo que las subcontratas de la DFB recojan en media docena de playas, entre las cuales van muchos residuos industriales que la mar y la gente deposita en las playas, muchas de ellas nada inocuas.

Cualquier empresa o actividad (incluidas las obras), sea cual sea su entidad, desde la pequeña papelería de tu barrio hasta las fábricas de grandes marcas, se consideran en el marco legislativo como productoras y poseedoras iniciales de residuos.

El marco legislativo en materia de residuos en España viene establecido por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que transpone a nuestro ordenamiento jurídico la legislación europea sobre la gestión de residuos, la conocida como «Directiva Marco de Residuos». La Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados define al poseedor de residuos como “el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de ellos; en este caso la DFB.

DE TODAS FORMAS, estos suelos de Santarena en Busturia son "No urbanizables" protegidos de la RB de Urdaibai; ya sean equipamientos públicos en suelo rustico (parques públicos y aparcamientos al aire libre) o sean de protección agrícola. Por ello, para la realización de obras y usos en ellos, precisaran del informe preceptivo del Patronato de Urdaibai.

Para conseguir su legalización, dado que estamos ante una actividad reglada por su afección directa o indirecta al medioambiente (NIMP) precisa de licencia previa de actividades, y por otro lado estamos con un cambio de usos de los suelos rústicos (necesita de licencia urbanística) y unas obras civiles que precisan de su oportuna licencia de obras según el planeamiento municipal de Busturia. No caben excepciones, sea el terreno propiedad de la DFB o de la biznieta del Sr de Bizkaia.

Nadie esta exenta de cumplir y hacerlas cumplir las leyes publicadas en el BOE. Incluso los alcaldes del PNV-EAJ, aunque siguen actuando con única que deben conocer; de la ley del embudo..





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