EGUZKI DENUNCIA AL CONSORCIO DE AGUAS DE BUSTURIALDEA POR LA DESECACION CONTINUA DEL RIO MAPE

Rio Mape en Foto Correo-Costa 2019 (Maika Salguero)


La asociación EGUZKIZALEAK (Asociación que entre sus principios esta la defensa del medio ambiente en general) con n? de NIF- G48404453 y con domicilio a efecto de notificaciones en C/Egia 34 de Donostia, ante Vds.comparezco, y sobre la base de este escrito procedo a DENUNCIAR los siguientes HECHOS: 

Primero. — El subsistema hídrico “Buspemun” (“Bases para una gestión sostenible del agua en Urdaibai en adecuación a la directiva marco del Agua” Roberto Bermejo y otros. Universidad del País Vasco 2015) procede a dar abastecimiento a los municipios de Busturia, Mundaka y Sukarrieta y a la entidad de población de Demiku del municipio de Bermeo. 

Hay que señalar que, por lo general, es el subsistema principal de abastecimiento de estos núcleos urbanos, usándose el subsistema Gernika como complementario cuando no se cubre la demanda. Dicho sistema tiene dos captaciones superficiales principales que aportan el 85% de los caudales demandados para suministro a las poblaciones citadas, uno en la regata Mape (Mape l) de la margen izquierda del río Oka debajo del monte Sollube y la otra, de menor importancia, Mape II en el curso bajo del mismo río, empleándose habitualmente en épocas de sequía. El agua captada es conducida, por gravedad en el primer caso, hasta la ETAP de Busturia, e impulsada en el segundo desde el depósito de Olaerrota. 

Esta segunda conducción se puede complementar con agua procedente de una conducción que viene del Golako en Arratzu condirección Bermeo, conduciendo el agua captada en el sondeo Vega III y en Golako. Desde la ETAP el agua es distribuida, en algunos casos por bombeo, a los diferentes depósitos de distribución de los municipios antes citados. 

El subsistema de Buspemun muestra un déficit de 30 l/s. Así, los mayores problemas se presentan durante los meses de agosto y septiembre, cuando la demanda es superior a la del resto de los meses y las aportaciones son en general mucho menores. A pesar de que este subsistema se ve apoyado en época de sequía por el subsistema de Gernika, no consigue satisfacer la totalidad de la demanda durante los meses de agosto y septiembre. 

El máximo déficit diario alcanzado se produce en el mes de agosto, representando un 21% del déficit total del año y superando los 30 l/seg. En todos los meses, exceptuando mayo, el déficit obtenido es muy similar a la demanda a satisfacer, por lo que en cada mes al menos en una ocasión, no se podría aportar agua para satisfacer la demanda, tras haber respetado los caudales ecológicos. 

Según el estudio anteriormente señalado, durante gran parte del año, las captaciones del Mape son suficientes para aportar todo el caudal requerido por este subsistema, sin embargo, en época de estiaje, tan solo son capaces de cubrir un 20% de las necesidades. 

Teniendo en cuenta que, para el cumplimiento de los objetivos medioambientales, tal y como marca la DMA es necesario mantener los caudales ecológicos, tan sólo se cubriría en 10 % de la demanda total. Ante la disminución de las aportaciones de Mape I y Mape II, la captación de Olarreta que aporta el 14% de los recursos tratados en la ETAP de Busturia a lo largo del año, pasa a tener una contribución al sistema del 80% en los meses estivales. Para cubrir el déficit histórico del subsistema, se ha trasvasado continuamente durante los meses necesarios unos 6-8 l/seg desde el subsistema de Gernika. Adicionalmente se ha tomado prácticamente la totalidad de los arroyos Mape II, Mape IT y Olarreta, sin respetar los caudales ecológicos y provocando la sequedad inducida del cauce. 

Para la estimación de datos para las aportaciones a los recursos hídricos superficiales y subterráneos, se ha procedido a aplicar el modelo de precipitación aportación TETIS, realizado por la Agencia Vasca del Agua en el año 2013, para el informe de “análisis de garantía y cuantificación del déficit en el sistema de abastecimiento del Consorcio de Aguas de Busturialdea”. Se han considerado los cauces del río Oka con su afluente Golakao, el río Mape, el río Artika y otros cauces de menor entidad. Las aportaciones en régimen natural obtenidas reflejan el comportamiento de cada uno de los sistemas en cuanto al régimen hídrico en ausencia de presiones humanas. La serie de datos abarca el periodo temporal de 1980-2010 a escala diaria. Así el rio “Mape” tiene una aportación de 1.854 hm3/año. Una vez señalada la aportación superficial, es necesario representar el modelo de los requerimientos ambientales, a través de los caudales ecológicos. Estos son calculados a partir de los valores establecidos en el Plan Hidrológico de la Demarcación Oriental (Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental). Dicha normativa ha sido derogada y sustituida por el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Según este Real Decreto 1/2016, en su artículo 18, capítulo 5, encontramos la asignación y reserva de recursos y dentro de ellos la definición de los sistemas de explotación, señalando como, de conformidad con el artículo 19 del reglamento de la planificación hidrológica se adoptan los siguientes sistemas de explotación de recursos y, entre ellos el d),sistema Oka. Así, según la normativa de aplicación, el ámbito de los sistemas de explotación de recursos es el que se define a continuación: ... d) sistema de explotación oka: comprende la totalidad de la cuenca del río Oka y su estuario, incluyendo las cuencas de los ríos Mape, Muxika, Kanpantxu, Golako y Oma. Asimismo, comprende la totalidad de las cuencas anexas de los ríos Artigas y Laga y las masas de agua subterránea Etxano, Oiz, Arrola-Murumendi, Gernika, Ereñozar, Getxo-Bergara y Jata-Sollube. 

De igual forma, en el Anejo 6 del citado Real Decreto, Registro de zonas protegidas y más concretamente en su Anejo 6.1.(Masas de agua superficial para abastecimiento urbano recogidas en el Registro de Zonas Protegidas) se señala al rio “Mape A” con un volumen medio m3/dia de 1338 y una población estimada de 5.948 personas. En el Anejo 6.12. “Zonas de protección especial incluidas en el Registro de Zonas Protegidas. Tramos de interés natural y medioambiental” se señala a “Mape 2” como tipo de tramo de interés medio ambiental, con una longitud de 2,81 km y con solape con masas de agua, señalando el Anejo 7.1. “Objetivos medioambientales de las masas de agua de categoría río naturales” como el rio debe tener un buen estado ecológico y químico al 2015. 

 En relación a su caudal ecológico, el Real Decreto anteriormente señalado indica la necesidad de mantener los siguientes caudales ecológicos. 

  •  - Mape A/Mape 1: Caudal Mínimo ecológico m3/sg Aguas Altas: 0,099 Aguas Medias: 0,057 Aguas Bajas: 0,041 Caudal Mínimo ecológico en sequias m3/sg Aguas Altas: 0,099 HECHOS:  Aguas Medias: 0,057 Aguas Bajas: 0,041 
  •  - Mape A/ Mape 2 Caudal Mínimo ecológico m3/sg Aguas Altas: 0,036 Aguas Medias: 0,021 Aguas Bajas: 0,015 Caudal Mínimo ecológico en sequias m3/sg Aguas Altas: 0,036 Aguas Medias: 0,021 Aguas Bajas: 0,015 

Segundo. — Tal y como se ha señalado anteriormente, el rio “Mape”, siguiendo la tónica de los últimos años, ha sido completamente secado durante el verano de 2020, no respetándose por el Consorcio de Aguas de Busturialdea, organismo que gestiona la captación y suministro de agua a la comarca, el caudal ecológico legalmente obligado, provocando el secado del rio con la muerte de toda la fauna existente. 

Este delito ecológico lleva padeciéndose desde hace años sin que los organismos competentes (el propio consorcio, URA, Ayuntamientos…) adopten medidas definitivas que permitan solventar el problema. A los efectos de mostrar lo señalado, se procede a reseñar parte de las denuncias públicas formuladas en los últimos nueve años.

 Año 2012: https: //www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120912/costa/denuncian- lamentable-estado-cauce-20120912.html 

Vecinos de Busturia responsabilizan al Consorcio de Aguas de la zona de agravar la situación del río Año 2014. 9 de septiembre DEIA Busturia - Otro verano más, el río Mape, en Busturia, vuelve a quedarse casi seco en un importante tramo de su cauce. Y lo vecinos de las inmediaciones insisten en denunciar el “lamentable estado” que presenta un arroyo vital para el abastecimiento de aguas, pero en el que el Consorcio de Aguas de Busturialdea, gestor de sus captaciones de líquido,  “no respeta la normativa establecida”. Censuran, en concreto, que no se preserve el caudal ecológico, “alterando seriamente un ecosistema tan apreciado ”. Con un verano en el que la demanda de agua se incrementa pero las precipitaciones decrecen, los denunciantes apuntan a tres captaciones en la zona alta del Mape como culpables directas de la situación abierta en un río que cuenta con protección medioambiental. Está incluido en el LIC -Lugar de Importancia Comunitario- de la red fluvial de Urdaibai pero, además, es una zona de especial protección del visón europeo, una especie en grave peligro de extinción. Los vecinos también han trasladado sus quejas a otras instituciones como la Agencia Vasca del Agua -entidad que otorga las concesiones- y el Ayuntamiento de Busturia. Todas sin éxito. “No respetan el caudal ecológico mínimo”, insisten, apuntando inicialmente a dos captaciones del Consorcio de Aguas ubicadas en las cercanías del nacimiento del arroyo busturiarra, junto a un tercero y último en la zona de Olarreta -a unos tres kilómetros río abajo de ambas-, “de donde sale un caudal menor que el grifo de una vivienda”, apuntan. Es más, inciden en que “dos de las captaciones son del 100% y la otra del 99%”, lo que provoca que el cauce del río esté “en gran parte seco”, y conlleva la muerte de la fauna asociada, como diferentes especies de peces. “En el mejor de los casos, en algunos puntos se forman charcos de pequeño tamaño, pero el agua no llega a discurrir como debería de hacerlo y se queda estancada ”, valoran. Asimismo, también ponen en duda la gestión de los lodos de unas instalaciones hidráulicas de la entidad. 

Tras años de denuncias “ya es hora de darle una solución efectiva al problema”, puntualizan. No en vano, también han enviado sus quejas a otras administraciones “responsables de su protección” como el Ayuntamiento de Busturia, la Agencia Vasca del Agua y al Patronato de Urdaibai, si bien las peticiones efectuadas todavía no han surtido el efecto deseado. “Ha habido varias denuncias en otras instancias ”, aseveran. “Lo saben y no hacen nada al respecto”, lamentan. No es esta la primera vez que vecinos de Busturia alzan la voz ante la situación del Mape, un arroyo cuyas riberas han sido objeto de un proyecto de regeneración durante los últimos años. 

Sin embargo, le ha faltado algo fundamental durante este verano: llevar más agua. Año 2018. DEIA Imanol Fradua - Domingo, 25 de Marzo de 2018 - Imagen del río Mape a su paso por el barrio de Altamira, en Busturia. Foto: Imanol Fradua Gernika-Lumo- Es sabido que Urdaibai debe buscar soluciones a su abastecimiento de agua. Pero, en esta ocasión, el aviso por la situación de las captaciones le ha venido por parte de la Agencia Vasca del Agua, URA. La entidad, dependiente del Gobierno vasco, ha impuesto al Consorcio de Aguas de Busturialdea una multa pecuniaria de 1.300 euros por no respetar el caudal ecológico mínimo del río Mape, en Busturia, del que beben en la localidad, además de los vecinos municipios de Sukarrieta y Mundaka. Acumulados diversos informes sobre la mesa de los responsables de URA, los incumplimentos de los límites de las concesiones de aprovechamiento en el citado arroyo han motivado la apertura del expediente sancionador. La situación, no obstante, también es extrapolable a las captaciones de Berekondo e Intxausar, en Ajangiz, Golako y Nabarniz. 

El expediente sancionador de URA, abierto hace ahora dos años pero que no se ha cerrado hasta hace escasos meses, constata que “resulta evidente que no se están cumpliendo las condiciones concesionales en las que se establece el caudal medioambiental que debe ser respetado en los puntos de captación”. La Agencia Vasca del Agua no solo es la encargada de establecer las concesiones, sino de controlar que se cumplan. Y el Consorcio de Aguas de Busturialdea, que en épocas de estiaje padece la falta de garantía de suministro de agua y está elaborando un plan de abastecimiento, no recurrirá una sanción que advierte de que la entidad comarcal sobrepasa los volúmenes de litros por segundo prefijados para que algunos ríos de los que se nutre para su abastecimiento no garantizan los mínimos ecológicos. 

La situación del cauce del Mape es conocida desde hace largo tiempo. De hecho, ha venido siendo denunciada por vecinos de Busturia, que año a año denuncian que “el río se seca” durante las épocas de estiaje, en verano, por lo que enviaron sendos escritos a las administraciones competentes para que tomaran cartas en el asunto. “Desgraciadamente esta situación se repite todos los veranos, pero cada año es más lamentable y ese ecosistema tan valioso y apreciado pierde su equilibrio seriamente”, censuraron ya en 2015. Pero el informe de URA también establece la necesidad de adoptar medidas correctoras, caso de los ríos Mape y Kanpantxu, en el que ordena sendos proyectos de adaptación a los caudales minimos. 

... el Consorcio de Busturialdea está incumpliendo de manera reiterada y flagrante lo establecido en las disposiciones normativas referentes al caudal ecológico del rio “Mape” y “Olarreta”, provocando un grave daño ecológico en los mismos, lo que constituye un delito ecológico encuadrable en el artículo 325 y ss del Código Penal

Abastecimiento El consorcio comarcal, no obstante, se encuentra ante un problema de difícil resolución. 

En la recta final para la aprobación del Plan de Acción Territorial (PAT) de abastecimiento -de 200.000 euros de gasto que fue costeado por diferentes administraciones-, las medidas a adoptar para paliar la situación incluyen la necesidad de ejecutar proyectos de gran coste. La única solución que garantizaría a largo plazo que Busturialdea no se quedara sin agua es ejecutar la conexión de la red primaria comarcal a la proveniente del Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia (CABB) por el monte Sollube, lo que requeriría construir una tubería desde Mungia hasta la ETAP de Bermeo. 

El precio estipulado por los técnicos para hacer realidad la conexión con la red del CABB se sitúa en una horquilla que va de los 12,2 millones de euros a los 15,7 millones de euros, a lo que se les sumaría unos importantes costes de explotación anuales. Ese montante, tal y como estipula la Directiva Marco del Agua europea, saldría de los bolsillos de los abonados, lo que de facto repercutiría en un incremento de las tasas para poder hacer frente al desembolso. Año 2019. https://www. elcorreo. com/bizkata/costa/captaciones-consumo-puesto-20190409080005-nt html La Agencia Vasca del Agua sanciona al Consorcio de Busturialdea por superar los límites de la concesión y «vulnerar los caudales ecológicos”. 

 Señalar que, como consecuencia de dejar el rio seco durante el verano, se produjo una especial mortandad de anguilas por hipoxia. Se adjunta video a la presente denuncia como prueba de lo señalado. Año 2020. Agosto. Se adjuntan varias fotografías por la que se demuestra cómo, nuevamente, se ha detraído toda el agua del rio sin respetar caudal ecológico alguno. En algunas zonas se acumula algo de agua si bien, al no haber renovación de la misma, se provoca un evento hipóxico por floración de algas y elevación excesiva de la temperatura.

 Tercero. — En relación a los caudales ecológicos hay que señalar cómo, en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas se definen en su artículo 42 los caudales ecológicos, entendiendo como tales los que mantiene como mínimo la vida piscicola que de manera natural habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera. Por su parte, en el artículo 59.7 se indica que los caudales ecológicos se fijarán en los Planes Hidrológicos de cuenca. 

Para su establecimiento, los organismos de cuenca realizarán estudios específicos para cada tramo de río. 11 Con la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, se modifica a su vez el texto refundido de la Ley de Aguas, donde se añade un párrafo final al apartado 1 del artículo 26: La fijación de los caudales ambientales se realizará con la participación de todas las Comunidades Autónomas que integren la cuenca hidrográfica, a través de los Consejos del Agua de las respectivas cuencas, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional décima en relación con el Plan Integral de Protección del Delta del Ebro. El desarrollo reglamentario de los caudales ecológicos se empieza a tener en cuenta en el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica. 

En su artículo 3.3) se define el caudal ecológico como el caudal que contribuye a alcanzar el buen estado o buen potencial ecológico en los ríos o en las aguas de transición y mantiene, como minimo, la vida piscícola que de manera natural habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera. Por último, se aprueba el Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales. 

Este Real Decreto señala en su artículo 49 ter, referente al régimen de caudales ecológicos, cómo El establecimiento del régimen de caudales ecológicos tiene la finalidad de contribuir a la conservación O recuperación del medio natural y mantener como mínimo la vida piscícola que, de manera natural, habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera y a alcanzar el buen estado o buen potencial ecológicos en las masas de agua, así como a evitar su deterioro. Así mismo, el caudal ecológico deberá ser suficiente para evitar que por razones cuantitativas se ponga en riesgo la supervivencia de la fauna piscícola y la vegetación de ribera. 

Se observa, por tanto, cómo el Consorcio de Busturialdea está incumpliendo de manera reiterada y flagrante lo establecido en las disposiciones normativas referentes al caudal ecológico del rio “Mape” y  “Olarreta”, provocando un grave daño ecológico en los mismos, lo que constituye un delito ecológico encuadrable en el artículo 325 y ss del Código Penal. 

Por todo ello, SOLICITAMOS: Se proceda a aceptar el presente escrito y sobre la base del mismo se proceda a investigar los hechos denunciados por s1 los mismos pudieran ser constitutivos de un delito ecológico. 

Lo que solicito en Donostia a 8 de septiembre de 2020

EGUZKIZALEAK

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