Rechazamos cualquier comportamiento dirigido a su desprestigio personal o cualquier invasión en su vida privada, así como cualquier otra acción contraria a la dignidad humana
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http://busturia.ehbildu.eus/2015/11/30/erroxeli-ojinaga-kokori-egindako-salaketaren-ebazpenari-buruzko-adierazpena/#comment-1362 |
"9. Desde el respeto a la dignidad humana como base para la relación entre las personas, los cargos públicos de EH Bildu entendemos la confrontación política como un ejercicio de lealtad a la dignidad personal de nuestros adversarios políticos, por lo que rechazamos cualquier comportamiento dirigido a su desprestigio personal o cualquier invasión en su vida privada, así como cualquier otra acción contraria a la dignidad humana." (código ético EHBILDU)
Hoy hemos entrado en la pagina Web de Ehbildu de Busturia, y hemos visto
como siguen manteniendo en la misma un comunicado donde ademas de no
aceptar las sentencias de un proceso judicial contra la libertad de
opinión y de difundir noticias de este militante del ecologismo
social, judicializacion sea dicho de paso iniciada y costeada con
dinero de la coalición, se si sigue realizando unas declaraciones que de desprestigio que son un atentando contra la dignidad humana . Varias personas hemos intentado sin resultado que los gestores de la citada WEB rectificaran lo publicado, o nos permitieran publicar nuestras notas y opiniones.
La querella criminal
se interpuso con dos intenciones; primera, dar por valida una gestión
personal y ocultista del Edil Andoni Elorrieta en la revisión del
planeamiento urbanístico local que partía de la premisa de aceptar
como propios los planes heredados de la época del “ladrillazo”
(en particular los planes del entorno del Kurtzero de Sankristobal),
y segundo, intentar silenciar –por la vía de la criminalización--
a los que desde una década anterior dentro y fuera de la “izquierda
abertzale” nos oponíamos a planes inmobiliarios injustificados en
zonas protegidas o inundables de Busturia.
Después de un largo proceso, la Audiencia Provincial de Bizkaia emitió una sentencia definitiva que luego defender la libertad de difundir informaciones e ideas “No aprecio delito alguno” en las publicaciones realizadas cuyo fin era "emitir criticas políticas e informar a la ciudadania".
Por otro lado, y dentro de la propia campaña en contra el movimiento ecologista, en pleno celebrado el 2 de julio de 2014 se presento una moción BILDU en contra de las “graves acusaciones” que el Sr. Ojinaga ha realizado en su Blog en contra del Edil Elorrieta con el fin de “sembrar la desconfianza y falsas rumores en contra del trabajo del Ayuntamiento de Busturia”. La moción fue aprobada por los cinco votos de los Concejales de BILDU con la abstención de los tres del EAJ-PNV.
Señalar que la estructura de EHBILDU de Busturia no contesto a los Militantes y Simpatizantes de que firmaron una carta, en la cual entre otras cosas pedían el día 30 de Junio 2014 una Asamblea de la Coalición para tratar el asunto de la elaboración "con luz y taquigrafos" del Plan General Local, y la retirada de la Moción en cuestión del registro de entrada.
Por su parte ante esta agresión ideológica e incumplimiento del punto nueve del código ético interno presentar una queja a la estructura superior de Bildu –sin resultados--, y de recurrir al Ararteko, Erroxeli Ojinaga presentó un recurso de reposición ante el pleno municipal con el siguiente resultado:
5º.- Recurso de Reposición de Erroxeli Ojinaga Filibi.
Visto el recurso de reposición interpuesto por Erroxeli Ojinaga
Filibi en relación al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno el
2 de Julio de 2014, en el que se reprobaba su conducta en relación
al contenido de un Blog en internet publicado por él; visto el
informe jurídico emitido al respecto por el Secretario-Interventor,
cuya conclusión es que procede a admitir el recurso de reposición
y, en consecuencia, anular el acuerdo impugnado que debe quedar sin
efecto, dado que la actuación administrativa debe venir vinculada al
cumplimiento de los fines que les asigna el ordenamiento juridico,
entre los cuales, ciertamente, no se encuentra el de atribuir
calificativos a sus administrados, el Ayuntamiento Pleno, por
unanimidad, acordó anular el citado acuerdo.
Para terminar, algunas y algunos pensamos como la ONG Access Info Europe; El acceso a la información es un derecho humano fundamental que consta de las siguientes partes:
Para terminar, algunas y algunos pensamos como la ONG Access Info Europe; El acceso a la información es un derecho humano fundamental que consta de las siguientes partes:
- Porque el verdadero derecho saber, consiste en el derecho a conocer cómo nos gobiernan, quienes son en cuanto a capacidades y formación los que nos gobiernan, qué decisiones toman, y cómo repercute ello en la estructura de gasto y de funcionamiento ordinario de las instituciones.
- El verdadero derecho saber, es aquel que confía en que la existencia de una opinión pública libre es el mejor antídoto para la corrupción y degeneración que las democracias representativas occidentales vienen sufriendo en los últimos 30 años.
- El verdadero derecho saber, es el instrumento que debería permitir una adecuada rendición de cuentas y la asunción de responsabilidades politicas.
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