Rechazamos cualquier comportamiento dirigido a su desprestigio personal o cualquier invasión en su vida privada, así como cualquier otra acción contraria a la dignidad humana

http://busturia.ehbildu.eus/2015/11/30/erroxeli-ojinaga-kokori-egindako-salaketaren-ebazpenari-buruzko-adierazpena/#comment-1362
"9. Desde el respeto a la dignidad humana como base para la relación entre las personas, los cargos públicos de EH Bildu entendemos la confrontación política como un ejercicio de lealtad a la dignidad personal de nuestros adversarios políticos, por lo que rechazamos cualquier comportamiento dirigido a su desprestigio personal o cualquier invasión en su vida privada, así como cualquier otra acción contraria a la dignidad humana." (código ético EHBILDU)
Hoy hemos entrado en la pagina Web de Ehbildu de Busturia, y hemos visto como siguen manteniendo en la misma un comunicado donde ademas de no aceptar las sentencias de un proceso judicial contra la libertad de opinión y de difundir noticias de este militante del ecologismo social, judicializacion sea dicho de paso iniciada y costeada con dinero de la coalición, se si sigue realizando unas declaraciones que de desprestigio que son un atentando contra la dignidad humana . Varias personas hemos intentado sin resultado que los gestores de la citada WEB rectificaran lo publicado, o nos permitieran publicar nuestras notas y opiniones.

La querella criminal se interpuso con dos intenciones; primera, dar por valida una gestión personal y ocultista del Edil Andoni Elorrieta en la revisión del planeamiento urbanístico local que partía de la premisa de aceptar como propios los planes heredados de la época del “ladrillazo” (en particular los planes del entorno del Kurtzero de Sankristobal), y segundo, intentar silenciar –por la vía de la criminalización-- a los que desde una década anterior dentro y fuera de la “izquierda abertzale” nos oponíamos a planes inmobiliarios injustificados en zonas protegidas o inundables de Busturia.

Recordar que en lugar de responder políticamente con datos concretos a las “supuestas falsedades”, críticas y acusaciones hechas por la asociación de vecinos Zain Dezagun Urdaibai y su representante Erroxeli Ojinaga, el Edil Andoni Elorrieta, con el dinero de su partido presentaron una querella criminal –unicamente contra este-- ante al tribunal de primera instancia; solicitando a que fuera condenado a 18 meses de prisión por “injurias” y una indemnización de 23.000 euros por su honor y buena imagen.

Después de un largo proceso, la Audiencia Provincial de Bizkaia emitió una sentencia definitiva que luego defender la libertad de difundir informaciones e ideas “No aprecio delito alguno” en las publicaciones realizadas cuyo fin era "emitir criticas políticas e informar a la ciudadania".

Por otro lado, y dentro de la propia campaña en contra el movimiento ecologista, en pleno celebrado el 2 de julio de 2014 se presento una moción BILDU en contra de las “graves acusaciones” que el Sr. Ojinaga ha realizado en su Blog en contra del Edil Elorrieta con el fin de “sembrar la desconfianza y falsas rumores en contra del trabajo del Ayuntamiento de Busturia”. La moción fue aprobada por los cinco votos de los Concejales de BILDU con la abstención de los tres del EAJ-PNV.

Señalar que la estructura de EHBILDU de Busturia no contesto a los Militantes y Simpatizantes de que firmaron una carta, en la cual entre otras cosas pedían el día 30 de Junio 2014 una Asamblea de la Coalición para tratar el asunto de la elaboración "con luz y taquigrafos" del Plan General Local, y la retirada de la Moción en cuestión del registro de entrada.

Por su parte ante esta agresión ideológica e incumplimiento del punto nueve del código ético interno presentar una queja a la estructura superior de Bildu –sin resultados--, y de recurrir al Ararteko, Erroxeli Ojinaga presentó un recurso de reposición ante el pleno municipal con el siguiente resultado:

5º.- Recurso de Reposición de Erroxeli Ojinaga Filibi.
Visto el recurso de reposición interpuesto por Erroxeli Ojinaga Filibi en relación al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno el 2 de Julio de 2014, en el que se reprobaba su conducta en relación al contenido de un Blog en internet publicado por él; visto el informe jurídico emitido al respecto por el Secretario-Interventor, cuya conclusión es que procede a admitir el recurso de reposición y, en consecuencia, anular el acuerdo impugnado que debe quedar sin efecto, dado que la actuación administrativa debe venir vinculada al cumplimiento de los fines que les asigna el ordenamiento juridico, entre los cuales, ciertamente, no se encuentra el de atribuir calificativos a sus administrados, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acordó anular el citado acuerdo.


Para terminar, algunas y algunos pensamos como la ONG Access Info Europe; El acceso a la información es un derecho humano fundamental que consta de las siguientes partes:

  • Porque el verdadero derecho saber, consiste en el derecho a conocer cómo nos gobiernan, quienes son en cuanto a capacidades y formación los que nos gobiernan, qué decisiones toman, y cómo repercute ello en la estructura de gasto y de funcionamiento ordinario de las instituciones.
  • El verdadero derecho saber, es aquel que confía en que la existencia de una opinión pública libre es el mejor antídoto para la corrupción y degeneración que las democracias representativas occidentales vienen sufriendo en los últimos 30 años.
  • El verdadero derecho saber, es el instrumento que debería permitir una adecuada rendición de cuentas y la asunción de responsabilidades politicas.
No sólo eso, el derecho saber debería ser en uno de los elementos que permiten empoderar a la ciudadanía, la creación de la conciencia social crítica que sienta las instituciones públicas como algo propio.

Por todo lo cual solicitamos que os toméis el tiempo necesario para entrar en esa pagina WEB y intentáis realizar comentarios y luego nos enviéis la capturas de pagina en cuestión a Zain Dezagun Urdaibai Elkartea




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