Las claves de la Ley Municipal de la CAV

Amorebieta-Echano_-_Ayuntamiento_2

El PNV y EH Bildu han acordado en el Parlamento Vasco el Proyecto de Ley Municipal de la Comunidad Autónoma Vasca. Se trata de un acuerdo histórico, ya que la CAV es la única comunidad autonómica que todavía no tiene Ley Municipal después de más 35 años desde la aprobación del Estatuto.

– La CAV es la única comunidad del Estado que carece de Ley Municipal propia. En 36 años no ha habido capacidad para sacar adelante una Ley Municipal. Ha habido un choque de intereses durante largos años para poder sacar esta ley. Ni cuando el PNV contó con mayoría absoluta se quiso sacar una ley.

– Esa situación ha perjudicado notablemente a muchos ayuntamientos, porque, entre otras cosas, han tenido que desenvolverse en el marco de la ley estatal. Los recortes que se han hecho desde Madrid en los últimos años y la aplicación de las normas, han dejado a los ayuntamientos en una situación aún peor. De cara al futuro, carecer de Ley propia supondrá la aplicación de la Ley estatal, produciendo una situación insostenible para los ayuntamientos.

-Por lo tanto, existe una demanda y una necesidad apremiante.

– El PNV y el PSE tienen actitudes muy extremistas ante esta ley. El PNV no quiere romper de ninguna manera con el esquema foral y el PSE quiere importar otros modelos del estado que chocan con la LTH, especialmente de Andalucía.

-Nuestra actitud, de cara a la defensa de los Ayuntamientos, ha sido la de actuar con responsabilidad política. Reivindicamos la necesidad de la ley y mostramos nuestra disposición a profundizar en su contenido. No presentamos enmiendas a la totalidad pero sí 103 parciales. El objetivo principal de dichas enmiendas ha sido el de empoderar y fortalecer los Ayuntamientos en todos los campos.

– Planteamos al PNV nuestras enmiendas como punto de partida para la negociación. Las negociaciones se han llevado a cabo en ese marco de las enmiendas.

-En las últimas semanas se han acordado destacados avances en los campos de la participación, uso del euskera, igualdad, concreción de las competencias de los ayuntamientos, etc. Con todo, para que estos avances sean sólidos, son ineludibles las aportaciones en la financiación de los ayuntamientos. Porque el reconocimiento de competencias y opciones no sirve de nada si no se les garantiza financiación a los ayuntamientos. Para eso, los ayuntamientos deben tener garantizada su participación directa con voz y voto en los ámbitos en los que se distribuye el dinero, cosa que de aquí en adelante, está garantizado. Entre otros elementos, los Ayuntamientos tendrán más recursos para las AES.

– EH Bildu ha dado por suficientes éstos pasos.

– Si bien, la Ley aprobada no es la que hubiese elaborado EH Bildu, tenemos que manifestar cláramente que es una buena ley, eso ha sido posible gracias a EH Bildu. En en siguiente punto pasamos a desgranar los elementos fundamentales de la ley y la aportación realizada por EH Bildu.
MEJORAS INTRODUCIDAS EN LA LEY MUNICIPAL A INICIATIVA DE EH BILDU

Contexto:

Tras la aprobación en 1979 del estatuto de autonomía y en 1983 la conocida como Ley de territorios históricos, llegamos al 2016 sin una ley municipal, es decir, dejando al ámbito local en una situación de clara subordinación con respecto a las instituciones comunes y Forales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. Lo que supone a su vez que el marco normativo local este en Madrid y no aquí. En esta situación llega una situación económica muy complicada y una regulación estatal (Ley de racionalización) que además de quitar competencias a los municipios, recoge la posibilidad de intervenirlos.

En definitiva, que cuando la ciudadanía más necesita una institución cercana como la local para dar respuesta a la situación socio-económica actual, es cuando desde el Estado se ataca la autonomía local y su capacidad de auto organización.

Por lo tanto si siempre ha sido necesaria una ley que establezca el marco normativo local de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, ahora es imprescindible. Por lo cual esa ha sido la posición de salida de EH Bildu, y tras las aportaciones realizadas creemos que hemos pasado de una ley necesaria (proyecto PNV), a una buena ley municipal (ley acordada PNV y EH Bildu).

Aportaciones principales:

Cuando hablamos de la autonomía local, hablamos de entidades locales con competencias propias y una financiación suficiente para hacer frente a las mismas, sin olvidar que la mayoría redundan en el bienestar de la ciudadanía de manera directa.

El proyecto inicial establecía el ámbito de competencias propias de los municipios, asegurando todas aquellas que se ejercen hoy en día ante la amenaza estatal. Ante la propuesta inicial EH Bildu ha introducido mecanismos concretos que ayuden a la financiación suficiente de esas competencias:
1- Análisis global de la financiación de competencias. No empezamos de 0 como pretendía el PNV, ya que solo establecía mecanismos para que a partir de ahora cualquier nueva competencia debería asegurar la financiación. También hay que revisar la situación actual. De esta manera en un plazo de 1 año hay que hacer una análisis de la realidad actual, que competencias asumen los entes locales y como están financiadas. Este análisis tendrá que tenerse en cuenta a la hora de establecer las aportaciones.
2- Participación directa con voz y voto de los municipios a la hora de establecer el reparto de los recursos económicos que corresponden a los territorios históricos. Mediante sus representantes en el Consejo Vasco de Finanzas, participaran en las modificaciones de la ley de aportaciones a la hora de establecer los coeficientes de reparto y los ajustes posteriores si fuera el caso. (artículo clave 106.3). Es decir, por primera vez se reconoce y se hace efectiva la participación local en el reparto general.
3- Establecimiento de una fórmula de financiación de las escuelas de música, con un tercio de aportación para cada nivel institucional.
4- Se ha acordado empezar con la reordenación del conjunto de las Ayudas de Emergencia en el espacio de tiempo más breve posible. Transitoriamente, mientras se procede a la modificación reseñada en los párrafos anteriores, en los municipios que opten por suplementar con más recursos las asignaciones efectuadas por la Administración General de la CCAA a las Ayudas de Emergencia Social, se habilitará el siguiente mecanismo de compensación:
  • – En los municipios de población inferior a 20.000 habitantes, los municipios responderán con sus propios recursos, de un terecio de la cantidad superada de la asignación, asumiendo el Gobierno Vasco el resto de la cantidad superada, hasta un máximo del 30% de la asignación inicial.
  • – En los municipios de más de 20.000 habitantes, el Gobierno Vasco se hará cargo de la mitad de la cantidad superada de la asignación inicial, hasta un máximo de l 30% de la asignación inicial.
Por lo tanto, hemos introducido mecanismos legales, que hagan efectivo algo que se recoge como un principio de la autonomía local como es la suficiencia financiera, pero si no se establecen mecanismos concretos se queda en papel mojado.

A partir de ahí, también se han hecho aportaciones que mejoran la ley en diferentes aspectos:
  • 1- Inclusión de la realidad de las entidades locales más allá de los municipios, con especial referencia al caso de los concejos y el blindaje de sus competencias mediante esta ley.
  • 2- Transparencia: – Además de plenos públicos también las comisiones de gobierno el resto de órganos deliberativos de cuestiones plenarias. (este último caso si el pleno así lo decide). – Obligatoriedad de contestar peticiones en 1 mes.
3- Participación ciudadana: Se establecen medios concretos para fomentar la participación: – Posibilidad de consultas populares – Las consultas son vinculantes. – Participación ciudadana abierta a toda clase de entidades que defiendan intereses de la ciudadanía. – Además de derecho a información, también a ser escuchado a participar y a iniciativa. – Plan anual de participación. – Obligatoriedad de dinámicas participativas en los presupuestos y posibilidad de consulta también sobre tributos locales. – Una comisión de participación para hacer seguimiento a los procesos participativos.
4- Participación de los municipios pequeños: Tanto en el consejo vasco de políticas públicas locales como en la comisión de gobiernos locales, se asegura la participación de los municipios menores de 5.000 habitantes. – Colaboración interterritorial entre entes locales de los 7 herrialdes en materia lingüística, cultural, económica, social y de cooperación. – Se han abierto cauces para potenciar las “relaciones transfronterizas”.

EUSKARA. Se le ha dado una gran importacia a este apartado.

– La nueva ley, en general viene a reforzar los vacíos que deja la Ley de Euskara. Es decir, se pueden aplicar las competencias reconocidas a la entidades locales para superar las incertidumbres jurídicas que emanan de la Ley de Euskara.

– En adelante, los Ayuntamientos tendrán a su disposición y en el ámbito que les corresponde, competencias para promover la normalización y el uso del euskara.

– EH Bildu cree que con esta Ley tenemos un instrumento para hacer frente a los continuos ataques que sufre el euskara. Perderán fuerza las continuas denuncias y recortes provenientes de los tribunales. La nueva Ley, aporta cierto apoyo jurídico de cara a los Ayuntamientos.

– La nueva Ley Municipal posibilita que las instituciones locales tengan competencias en materia de euskara. Es decir, Ayuntamientos euskaldunes, zonas euskaldunes,… tendrán más resortes para profundizar en políticas a favor del euskara.

Comentarios