Ha llegado la Ley Vasca de Entidades Locales.. ¿Cuando va ha ser aplicada y cumplida?

Transparencia en Comercio Exterior
Busturialdea- La mayor participación de las ONGs y el vecindario en la gestión pública y transparencia absoluta hacia la ciudadanía son dos de los principios aprobados en la nueva Ley Vasca de Entidades Municipales , aprobada por los Votos del PNV y EHBILDU también representados en los Ayuntamientos de Busturia, Mundaka y Sukarrieta. Por ello deberían conformar los dos ejes que obligadamente se deberían aplicar en la actividad municipal de las localidades en esta legislatura.

Nada mas lejos de la realidad de los hechos, ya que por ejemplo en Busturia escudándose en un informe “no escrito” del Secretario municipal, que desde una interpretación restrictiva de la legislación de organización municipal y del reglamento entonces vigente, cerraron las puertas de las Comisiones Municipales. También han dejado de mandar las actas resumen de sus trabajos en los diez días siguientes de su votación, con lo que consiguen ocultar de la vista de los administrados sus deliberaciones y propuestas.

A este acuerdo no escrito ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELKARTEA presentó hace mas 120 días sin que ningún órgano municipal haya resuelto el mismo, y sin que el Ayuntamiento de Busturia haya corregido su actitud sobre su concepto negativo –denegatorio de derechos humanos reconocidos-- de la participación publica en la toma de decisiones y la transparencia de sus actos, tramites y acuerdos que demuestran nuestros ediles municipales. Ya que son ellos los únicos que tienen voz y voto en la toma de decisiones.

Así las reuniones de las Comisiones Municipales en Bilbao, Hernani, Iruña, y en al menos ocho ayuntamientos de nuestra Comarca son abiertas al público y que podrán contar con la participación continuada de asociaciones y de expertos. No así, en Busturia, Sukarrieta o Mundaka.

Los especialistas en gestión pública se equivocaron, cuando nos afirmaban que la mejor vía para lograr la legitimidad social de nuestras administraciones públicas era por la vía de prestar mejores servicios públicos de manera más eficiente. A nuestro entender, la legitimidad social de las administraciones públicas solo se logra si somos transparentes a la hora de tomar decisiones y de gastar el dinero público y, además, si prestamos servicios de calidad y de forma eficiente. Eficacia y eficiencia sin transparencia no logran por sí mismas la legitimación social, si seguimos ocultando a la ciudadanía cómo y porqué tomamos las decisiones y como gestionamos.

Pero a la hora de gestionar los asuntos municipales ponen una enorme y opaca cortina para que no les observen. Y claro, si nos ocultamos cuando gestionamos, la ciudadanía considera que tenemos motivos profundos para hacerlo y sospechan que impulsamos prácticas clientelares (lo que es cierto en términos generales) y que la corrupción es la norma predominante (cosa que no es cierta de forma global aunque sí existe todavía en exceso).

LA OBLIGACIÓN LEGAL DE APERTURA Y PUBLICIDAD

En una época en que, más que nunca, la opacidad y el secretismo administrativo siguen constituyendo el instrumento preferido de quienes se oponen a transferir información a la ciudadanía y para ello no dudan en privarle de las herramientas esenciales para hacer efectivo su derecho al acceso a la información, verdadera pieza clave del derecho de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos.

Sobre este tema de la publicidad, la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, luego de incluir los siguientes mandatos en su Articulo 8 para todos los corporativos y funcionarios; “Promocionarán la participación de la ciudadanía en el diseño de las políticas públicas y en los procesos de toma de decisiones” y la de “Impulsarán, dentro de sus competencias, la protección del patrimonio cultural y del medio ambiente”. Así en su articulo Artículo 30 la publicidad de las sesiones con el siguiente mandato”:

“1.– Las sesiones del pleno del ayuntamiento son públicas.
2.– Las sesiones de la junta de gobierno local serán públicas, salvo que el pleno, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, o el ordenamiento jurídico establezcan lo contrario. No obstante lo anterior, deberán ser públicas en todo caso, sin perjuicio del respeto del derecho fundamental de los ciudadanos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, las sesiones de la junta de gobierno en que este órgano actúe en el ejercicio de atribuciones delegadas por el pleno o cuando se autorice por el presidente de la junta de gobierno local la presencia y participación, en un asunto concreto, de persona o personas que puedan contribuir a una mejor adopción de la resolución sobre ese asunto.
3.– Las sesiones de los órganos complementarios, y especialmente de aquellos que tengan por objeto el estudio, informe o consulta de los asuntos que han de ser sometidos a la decisión del pleno, así como el seguimiento de la gestión de los órganos de gobierno, podrán ser públicas, si así lo acuerda el pleno de la entidad mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta del número legal de miembros o si así se previera en el reglamento orgánico municipal….”
Asimismo en el Artículo 47 de la misma Ley regula el Gobierno abierto estable como obligación el “Desarrollo de instrumentos y cauces de participación ciudadana, de conformidad con lo establecido en el presente título” y “Además de establecer canales de participación en los términos previstos en esta ley, los medios para hacer efectivo el gobierno abierto tienen el objetivo de ofrecer a la ciudadanía información fehaciente sobre cómo ejercen sus funciones los gobiernos locales, qué políticas públicas emprenden y de qué manera gestionan los recursos públicos, facilitando de ese modo la rendición de cuentas de las responsables y los responsables públicos locales”.

Estas obligaciones solo la cumple sobre el papel el Ayuntamiento de Busturia, que tiene un Reglamento Orgánico para tal fin que nos es mas que una burda copia del ROFJ estatal, después de la poda de derechos realizada por el anterior Ayuntamiento de Bildu y la interpretación restrictiva de los mismos que se impone hoy en día.

Y para que todos sepamos que es cada concepto, el mismo articulo establece el alcance de las nociones de transparencia, publicidad activa, información pública y participación ciudadana será el siguiente “Participación ciudadana: conjunto de procedimientos, canales y órganos institucionales, así como instrumentos o medios de escucha activa, para la intervención de la ciudadanía en la identificación, diseño, ejecución y evaluación.”

¿DE QUE SIRVEN REALMENTE LAS COMISIONES MUNICIPALES?

Esta es la pregunta que hace continuamente el vecindario, y a la que en nuestra opinión debemos dar una respuesta pronta y eficaz, porque creemos que hoy por hoy, en el Ayuntamiento de Busturia, Mundaka, y Sukarrieta las Comisiones Municipales sirven para dilapidar dinero público y hacer perder el tiempo de nuestros ediles.

Por ejemplo, Busturia y Sukarrieta hay dos Comisiones Municipales al mes, en ellas se concentran la totalidad de las diferentes áreas municipales y están presentes todos concejales (9 en Busturia y 7 en Pedernales), más los técnicos correspondientes. Si atendemos a este dato, y observamos que de los concejales presentes en comisiones 8 no tienen ningún tipo de liberación municipal, pues tenemos que cada comisión sólo en dietas supone un coste de 568 euros, sin tener en cuenta las horas extraordinarias de las técnicos municipales. En Mundaka, en cambio, hay 7 comisiones informativas sectoriales.

Lo cierto es que el Reglamento de Organización y Funcionamiento --ese que lleva 25 años obsoleto-- obliga a que los asuntos sean tratados en Comisión antes de pasar por los plenos. Pero esto se ha convertido en un mero trámite, sin estudio de alternativas, sin debate social haciendo ineficaz los trabajos previos realizados. Un compañero de un grupo político de la Izquierda Abertzale afirmaba que no merece la pena entrar en debates en comisión, porque no hay público ni medios de comunicación y no se entera nadie, y lo cierto es que algo así ocurre por el obscurantismo que reina en nuestros municipios. Normalmente no hay demasiado debate, y muchos temas se aprueban sin abrir las carpetas de los expedientes, se dan por buenas las opiniones no escritas de los técnicos sin pedir dictámenes alternativos, y los grupos de la oposición optan mayoritariamente por la abstención para dejar libertad de maniobra de su discurso político en el pleno. Esto es fiel reflejo de lo que ocurre en nuestros tres Ayuntamientos donde la dirección de los temas parece dictada por el funcionario de la secretaria municipal, que presenta unos temas y omite otros sin mayor explicación o estrategia politica.

Y muchas veces esa información del área es del tipo de el día X hay un concierto, o se ha abierto el plazo de tal, información que ya hemos recibido previamente por los medios de comunicaciones y en demasiadas ocasiones la duración de la comisión es de 60 minutos. Tampoco ayuda el hecho de que el equipo de gobierno dificulte hasta el extremo, por no decir que impide totalmente la introducción de temas y asuntos para su debate y deliberación estratégico, así como los planteados por parte de la oposición y que decir de la ciudadanía o sus ONG's. (aprobada por los Votos del PNV y EHBILDU también representados en los Ayuntamientos de Busturia, Mundaka y Sukarrieta)

Hasta aquí la crítica, sobre una situación que es necesario corregir, pero creo que es de recibo hacer propuestas. Las comisiones pueden ser espacios de trabajo efectivo, un poco alejadas del debate político-partidista y más centradas en resolver los problemas locales de vecinos y vecinas de nuestros municipios, en resolverlos de verdad, y no en ver quien se cuelga la medalla. Ojo! y no serenos nosotros quienes reneguemos del debate político ya que en contra del discurso imperante creemos que es necesario y fundamental también en los Ayuntamientos, pero debe de haber un lugar y un momento para cada cosa.

Habrá pequeños problemas, y habrá grandes problemas y todos necesitan para su resolución de espacios de trabajo, donde el debate de las alternativas planteadas, y de los posicionamientos políticos esté mas alejado y donde se tejan confianzas sabiendo que el objetivo común es buscar soluciones a los problemas y no cargarnos la pechera de medallas.

Creemos que se trata sobre todo de reflexionar, que lo hagamos entre todos y todas, pensar en las Comisiones Municipales como un espacio de trabajo y no un trámite, si realmente se solucionan problemas esos 568 euros de dietas estarán bien invertidos, si no, si seguimos como hasta ahora será un despilfarro mensual de 1.200 euros y todo por cubrir un trámite. Demasiado caro si no hay debate constructivo y propuestas consensuadas.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA.

Por este motivo, la plasmación en una norma jurídica de un derecho de acceso a la información (Ley Aarhus), por más que venga limitado al estricto ámbito de la información ambiental, representa la consagración del derecho positivo del principio de transparencia administrativa. El acceso a la información ambiental de interés sirve de poco si no existe una determinación por parte de las administraciones públicas de garantizar mecanismos y espacios de participación social que ofrezcan oportunidades reales que permitan a la ciudadanía incidir en la esfera de lo público, es decir, en todo aquello que afecte o interese a la sociedad en su conjunto. Y para incidir en el ámbito público, las instituciones públicas, especialmente los entes locales, deberían garantizar el acceso a la información, así como la oportunidad de participar de la toma de decisiones cuando estén abiertas “todas las posibilidades“ ante una previsible adopción de una decisión o acuerdo sobre planes, programas y disposición de carácter general relacionada con el medio ambiente. Es de constatar que de los 3 ayuntamientos mencionados ( y de los 19 que integran nuestra comarca) solamente Busturia ha cumplido con la obligación de elaborar y poner en vigor Reglamentos Orgánicos que regulen la participación e información de los vecinos y vecinas de los Ayuntamientos de la comarca. Obligación que data desde el año 2003 (LBRL Art. 70 vis) y ahora de la Ley Vasca de Instituciones Locales ( Art. 68) .

La transparencia está inherentemente unida al derecho a saber de la ciudadanía, que exige de forma creciente estar suficientemente informada de las decisiones que le afectan, y es hoy día un valor tan esencial como necesario en el contexto político, económico y social.

La información recogida en las web de los Ayuntamientos de Busturialdea en apartados como el de participación y medio ambiente, se limita a enumerar algunos de los servicios municipales. No recoge información ambiental, ni existen canales efectivos para la participación. Por todo ello desde el movimiento ecologista y social, y a la vista de las disposiciones puestas en vigor por la Ley 2/2016 Vasca de Entidades Locales proponemos que los ayuntamientos elaboren y pongan en vigor en el plazo mas breve posible las siguientes medidas:
1.1 Elaborar con metodologías participativas una “Carta de derechos y Deberes ciudadanos” y “Código Ético de Conducta Local” que contenga un conjunto de instrumentos, algunos que tienen carácter de norma jurídica, otros de proyecto, programa o plan de actuación, dirigidos a favorecer el ejercicio de los derechos ciudadanos para la información y participación. (Articulo 27.3 LVEL) (LVEL Art. 35)
1.2 Elaborar y poner en vigor un “Reglamento de Participación Ciudadana y Transparencia” que regule, canalice y amplié los derechos que ya vienen proclamados o reconocidos en las Normas Jurídico-Políticas superiores, habilitando los canales más adecuados para su mejor ejercicio (que incluiría además del derecho a la participación, el de información, reunión y asociación, así como el sistema de garantías para su ejercicio). (Articulo 47 y otros de la LVEL)
1.3 En los Ayuntamientos de Busturialdea las reuniones de las Comisiones Municipales o “Informativas” serán públicas y abiertas para que la ciudadanía pueda asistir a sus sesiones, como medida para fomentar la transparencia en la acción municipal y facilitar la participación ciudadana en la toma de decisiones desde las primeras fases. Por ello se establecerán obligatoriamente al menos Cuatro Comisiones Sectoriales Municipales; Asuntos Generales, Cuentas y Hacienda, Cultura y Euskara, y Medio Ambiente. Sin perjuicio que se pueda acordar la constitución de Comisiones Municipales especiales o Ponencias para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo. (Artículos 4.2 y 30.3 LVEL)
1.4.- Establecer en cada Ayuntamiento una comisión municipal permanente de Medio Ambiente (ordenación, disciplina,actividades clasificadas, obras, Servicios, Patrimonio Histórico y vivienda) en cuyo seno se potencie la participación de las asociaciones sectoriales con una aceptada representatividad de los mismos y debe contemplar entre sus objetivos el medio ambiente como un factor trasversal a la política municipal. (Ley 27/2006 o Ley Aarhus )
1.5.- Los Ayuntamientos de Busturialdea crearan un apartado específico de Transparencia en sus correspondientes webs municipales, adaptado a la metodología desarrollada por la ONG “Transparencia Internacional España” (www.transparencia.org.es), que en el año 2008 puso en marcha el denominado Índice de 80 indicadores de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA), orientado a conocer el nivel efectivo de transparencia y de apertura informativa de los ayuntamientos. (Artículos 50 al 61 de la LVEL)  
1.6.- Creación de un espacio virtual (plataforma, portal, etc.) que sin/a para canalizar la participación ciudadana en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, y para poner a disposición de la sociedad —como así establece la normativa vigente—, de forma organizada, actualizada y sistematizada, la información en materia ambiental de interés para el municipio.

1.7.- Elaborar y cumplir pro-activamente con lo previsto en los Programas de Participación Ciudadana (Ley suelo vasca Art. 108) en los procesos de elaboración o revisión de los Planes Generales de Ordenación Urbana o Planes Urbanísticos de Especial relevancia local o Comarcal, que garanticen plenamente el acceso y la participación al conjunto de las vecinas y vecinos.

1.8.- Poner en marcha un proyecto para la implantación de presupuestos participativos a nivel municipal.
1.9.- Garantizar mecanismos para la transparencia en la gestión de las mancomunidades, consorcios, empresas publicas dependientes de los Ayuntamientos, así como de los/as gestores/as municipales en aras de la rendición de cuentas y el control social y ciudadano. Publicar en la página web del Ayuntamiento todos los gastos en los que incurren los responsables políticos con la justificación de cada uno de ellos.

1.10.- Garantizar el pleno ejercicio y protección de los derechos de la ciudadanía en materia de reunión, movilización social, realización de criticas, presentación de propuestas y en sus expresiones democráticas. Habilitar más espacios públicos municipales para el uso de organizaciones sociales y ciudadanos en general.

1.11.- Favorecer la creación de los Observatorios Ciudadanos Municipales (OCM), espacios ciudadanos, abiertos, organizados y autogestoinados dedicados a fomentar la transparencia y la participación social en lo local y que posibiliten el control del gasto público por parte de la población.

1.12.- Garantizar el ejercicio de todos los derechos sociales a todas las personas del municipio, independientemente de su situación legal.

1.13.-Posibilitar espacios de auto-organización y auto-gestión social, tales como los trabajos en “auzolan”.

1.14.- Favorecer las prácticas de solidaridad internacionalista de la ciudadanía. En particular el hermanamiento entre localidades, y los Campamentos de Trabajo.

1.15.- Revisar el cumplimiento de la Carta de Aalborg firmada por el Ayuntamiento y de sus compromisos tal como se recogen en el documento Aalborg+10.

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