Busturia se opone a la pretension de la Diputacion de contratar una empresa para la realizacion de un nuevo y extemporaneo informe sobre el Enclave

En Pleno Municipal celebrado el pasado día 30 de Diciembre de 2015, se debatió y votó el siguiente acuerdo:

"4.º.- Enclave de San Antonio.-

El Pleno del Ayuntamiento de Busturia, por unanimidad, a la vista de que el órgano foral encargado de la ejecución de la sentencia firme que reconoce la existencia del enclave de San Antonio (y obliga a la Diputación Foral de Bizkaia, a efectuar a las Juntas Generales la propuesta para suprimirlo) contrata externamente a una empresa, que no acredita ninguna experiencia en la resolución de enclaves en Bizkaia, contrariamente a la que ostenta por ejemplo Bizilan SA, que ha informado y preparado todos los expedientes de supresión de enclaves en aplicación de la Norma Foral 8/1993, incluida la supresión del enclave de San Antonio:
  • 1.- Solicita a la Diputación Foral, y al órgano competente para ejecutar la sentencia, copia de todo el expediente administrativo relativo a la contratación de la empresa Eibex Asesores Consultores, S.L., con todos sus actos preparatorios, toda la información facilitada a la empresa de forma oral o escrita, señalándose si efectivamente se le indica cuál debe ser el resultado del objeto del contrato, o como parte del mismo si se establece como premisa que en ningún caso el enclave de San Antonio deba incorporarse al municipio de Busturia, contrariamente a lo que indica la propuesta de resolución que consta en el expediente administrativo elaborado por la empresa Bizilan, S.A., a requerimiento del Instituto de Estudios Territoriales, en ejecución de lo dispuesto en la disposición final segunda de la Norma Foral 8/1993.De forma complementaria exprese la DFB si la conclusión del trabajo contratado tiene como objeto y finalidad justificar la continuidad del término municipal de Sukarrieta con su enclave de San Antonio, sustrayendo para ello parte del término municipal de Busturia, contra la voluntad manifiesta de sus representantes, que en los Tribunales han conseguido frente a la representación de la DFB y el Ayuntamiento de Sukarrieta, la consideración como enclave de San Antonio.
  • 2.- Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 44 LJ se solicita que se anule y revoque la contratación de la empresa Eibex Asesores Consultores, S.L., dado que todos los estudios que se le solicitan ya obran en el expediente administrativo de supresión del enclave, o en caso contrario se anuncia el ejercicio de acciones judiciales tanto en relación con los actos preparatorios como con los de adjudicación directa. Al efecto, el Pleno del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 22.2.j) LBRL autoriza el correspondiente ejercicio de las acciones judiciales.
  • 3.- Finalmente, se solicita también copia íntegra del expediente o expedientes de contratación de la Diputación Foral de Bizkaia o de su Instituto de Estudios Territoriales con la empresa Bizilan, S.A., para la preparación de las propuestas de resolución de todos los expedientes de supresión de los enclaves municipales de Bizkaia, incluida la propuesta de resolución del enclave de San Antonio, todo ello a preparar de conformidad con lo dispuesto en la Norma Foral 8/1993.”

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