Comisiones Informativas Abiertas y Publicas en Forua también



Publicábamos un articulo en el que afirmábamos que en Busturialdea solamente tres Ayuntamientos tenían las comisiones informativas o municipales abiertas y publicas. Un vecino de Forua nos dice que ello es inexacto, dado que en su Ayuntamiento las comisiones también tienen ese régimen de publicidad desde 2011 con el fin de facilitar la transparencia y participación de la ciudadanía. como se refleja en el siguiente acuerdo de Pleno:





ACTA 8/2011 SESIÓN EXTRAORDINARIA ORGANIZATIVA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 13 DE JULIO DE 2011

4º. APROBACIÓN, SI PROCEDE, CREACIÓN Y COMPOSICIÓN COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES.

Por la Sra. Presidente se da resumida explicación de la moción que presenta en relación con este asunto, que ha sido ha sido entregada a tod@s l@s Concejal@s junto con la convocatoria de la presente sesión, proponiendo su aprobación.

Hace uso de  la palabra el portavoz del grupo municipal “BILDU” Sr. Unai  Argarate Belategi que manifiesta su disconformidad con la propuesta de acuerdo  que se presenta por la Alcaldía ya que en aras a un trabajo conjunto de toda la  Corporación municipal y a una mayor participación vecinal en los asuntos a  resolver por el Ayuntamiento, por su parte estiman necesario crear un mayor  numero de Comisiones informativas y diversificarlas, lo que también reflejaría de  una mejor forma la muy escasa diferencia de votos habida entre las candidaturas que se presentaron a las pasadas Elecciones municipales.

No obstante, señala el Sr. portavoz de este grupo municipal y en relación con la moción de la Alcaldía, quiere efectuar una precisión en punto a los asuntos a someter a las Comisiones informativas ya que los que sean de competencia de órganos distintos al Pleno de la Corporación municipal parecen dejarse a la decisión de estos mismos la conveniencia o no de su conocimiento previo por Comisión informativa, proponiendo que ello se trate en cada Comisión en  concreto a fin de que sea esta misma la que fije que asuntos sean los que deban  ser o no previamente informados por las mismas con anterioridad a la adopción de la resolución que se adopte por los distintos órganos municipales.

La Sra. Presidente se ratifica en la moción presentada al respecto, al considerar que, sin perjuicio de los acuerdos posteriores que al respecto estime  oportuno adoptar el Pleno de la Corporación, en principio y para una mayor agilidad y operatividad en la gestión municipal la propuesta que se efectúa tanto en el numero como en la composición y funcionamiento de estas Comisiones es adecuada, por lo demás y en cuanto a la precisión efectuada por el portavoz del expresado grupo municipal sobre los asuntos a someter a conocimiento previo de las mismas no tiene inconveniente en acogerla, modificando el párrafo correspondiente de la moción.

Sometido el asunto a votación por parte de la Presidencia, el Ayuntamiento Pleno con cinco votos a favor de l@s miembros del grupo municipal EAJ-PNV, cuatro votos en contra de l@s miembros del grupo municipal BILDU y sin abstenciones, por mayoría absoluta –salvo en lo referente a la precisión que ha quedado arriba expresada, que se aprueba por unanimidad ACUERDA:

Primero.- Crear las siguientes TRES Comisiones Informativas Permanentes, con la denominación, atribuciones y facultades que se indican :
  1. Comisión Informativa de Hacienda, Promoción Económica y Régimen Interior, que aúna la condición de la preceptiva Comisión Especial de Cuentas, cuyo objeto y cometidos serán el previo informe, dictamen, consulta o propuesta de los asuntos relativos a economía, hacienda y  régimen interior de la Entidad que hayan de ser sometidos a la decisión del  Pleno, siendo su ámbito de materias a titulo enunciativo la gestión y control  presupuestario, económico-financiero, tributario y de Tesorería, el funcionamiento y régimen de órganos de gobierno y Administración, recursos humanos, régimen jurídico de la contratación, patrimonio, población y territorio, procesos electorales, consultas populares, tecnología y estadística, relaciones institucionales, seguridad vial y ciudadana, promoción económica del municipio y empleo.
  2. Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, cuyo objeto y cometidos serán el previo informe, dictamen, consulta o propuesta de los asuntos relativos a urbanismo, medio ambiente, obras y servicios de la Entidad que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno, siendo su ámbito de materias a titulo enunciativo el planeamiento, gestión y disciplina urbanística, las obras, infraestructuras, equipamiento y la gestión de los respectivos servicios, vías urbanas y caminos rurales, gestión del dominio publico, industria, energía, agricultura, ganadería y vivienda, la Oficina técnica, la Brigada de obras y servicios, los transportes y la participación ciudadana.
  3. Comisión informativa de Cultura y Bienestar Social, cuyo objeto y cometidos serán el previo informe, dictamen, consulta o propuesta de los asuntos relativos a cultura y bienestar social de la Entidad que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno, siendo su ámbito de materias a titulo enunciativo la educación, la promoción cultural y lingüística, juventud y deportes, fiestas, turismo, los servicios sociales, la integración social,  cooperación, sanidad, consumo y comercio.
Estas Comisiones informativas podrán asimismo informar aquellos asuntos de la misma naturaleza que, siendo de competencia propia de otros órganos municipales –Alcalde o Concejal@s delegados- les sean sometidos a su conocimiento, lo que se determinará en concreto por cada Comisión informativa que establecerá con carácter general los asuntos o materias que deban ser sometidos al informeo dictamen previo correspondiente con anterioridad a su resolución por parte de estos órganos municipales.

A efectos de control y seguimiento de la gestión de los órganos a los que se ha hecho referencia en el párrafo anterior, se reconoce el derecho de tod@s los Concejales integrantes de las Comisiones Informativas de poder consultar, directa y personalmente, los libros de resoluciones custodiados en la Secretaría de la Corporación municipal.

Segundo.- Composición : Cada Comisión Informativa permanente se integra por un numero de 5 Concejal@s que, en atención a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación, tendrá la  siguiente distribución : 3 Concejal@s del grupo “EAJ-PNV” y 2 Concejal@s del grupo “Bildu”.

En todo caso, para la valida celebración de las sesiones de las Comisiones  informativas deberán asistir al menos 3 de sus integrantes.

La adscripción concreta de los miembros de la Corporación que deban formar parte de cada una de las Comisiones antedichas en representación de cada  grupo político se realizará mediante escrito de su portavoz dirigido a la Alcaldía, que procederá al nombramiento, y del que se dará cuenta al Pleno. Podrá designarse, de igual forma, un suplente por  cada titular. El suplente sustituirá al titular cuando este no pueda comparecer a las sesiones.

La Alcaldesa es la Presidente nato de todas las Comisiones Informativas, si bien podrá delegar su presidencia efectiva en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección celebrada en su seno.

La Comisión propondrá igualmente el nombramiento de un
Vicepresidente que tendrá como función la de sustituir al Presidente en casos de ausencia, abstención legal o imposibilidad de acudir a las sesiones.

Tercero. Régimen de funcionamiento : Salvo que no hubiera asuntos que tratar, cada Comisión informativa celebrará sesión ordinaria las siguientes fechas de cada mes, a excepción del mes de agosto :
  • -Comisión Informativa de Hacienda, Promoción Económica y Régimen Interior : el día 10, salvo coincidencia con festivo en cuyo caso será el día hábil inmediatamente anterior.
  • -Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios y Comisión informativa de Cultura y Bienestar Social : el día 25, salvo coincidencia con festivo en cuyo caso será el día hábil inmediatamente anterior.
Las horas de celebración se establecerán por la Presidencia de la Comisión, quien podrá también convocar sesiones extraordinarias cuando lo soliciten dos, al menos, de l@s miembros de la Comisión. Las convocatorias de cada sesión deberán ser notificadas al/a Portavoz de los Grupos municipales, con una antelación de dos días hábiles, salvo las urgentes. En todo caso, se acompañará el orden del día de la sesión.

La Secretaría de cada Comisión será desempeñada bien por un funcionari@  de los de la plantilla del Ayuntamiento bien por un@ Vocal de la Comisión,  designados por la Alcaldía, que levantará acta de cada sesión; sin perjuicio de  ello, la Presidencia de cada Comisión podrá requerir la presencia, en sus sesiones, de personal o miembros de la Corporación que estime convenientes a efectos informativos. En cualquier caso, los asuntos a tratar por la Comisión informativa de Hacienda, Promoción Económica y Régimen Interior deberán ir adecuadamente informados por la Intervención municipal.

La Presidencia de las Comisiones informativas fomentará la participación ciudadana, por lo que podrán asistir a sus sesiones, a efectos de conocer su opinión, las asociaciones, entidades y vecin@s del Municipio.

Las sesiones de las Comisiones informativas se celebrarán en la Sala de Comisiones de la Casa Consistorial.

Por lo demás, su funcionamiento se ajustará a lo previsto en el Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, y en lo no previsto, en las disposiciones que regulan el funcionamiento del Pleno, además de lo previsto en el capitulo II del título II de la Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las administraciones públicas.

Cuarto.- El acuerdo de creación de Comisiones informativas tendrá efectos inmediatos desde su adopción por el Ayuntamiento Pleno, sin perjuicio de su publicidad reglamentaria. La Alcaldesa convocará las correspondientes sesiones de constitución de las Comisiones creadas dentro del plazo de 15 días a contar desde la fecha señalada.

Quinto.- Comunicar este acuerdo a la totalidad de Concejal@s miembros de la Corporación municipal y a la Secretaría-Intervención municipal, para su conocimiento y efectos

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