Derecho de autodeterminación: las diez preguntas clave

Derecho de autodeterminación: las diez preguntas clave
ago 28th, 2015 | By  | C

El derecho de autodeterminación es plenamente reconocido por el derecho internacional y ninguna norma estatal no puede negar
1. ¿Existe el derecho de autodeterminación de los pueblos?
Sí. La ley internacional tiene aquello que se define como ius cogens, es decir, normas de derecho imperativo. Estas normas son parte del derecho internacional y ningúnEstado no puede negarlas ni incumplirlas. La comunidad internacional considera queestá por encima de cualquier legislación estatal, bien porque la práctica lo ha impuesto así o bien porque los tratados internacionales lo decretan así. Son normas imperativas, por ejemplo, la prohibición del genocidio, de la piratería marítima, de la esclavitud y de la tortura. El derecho de autodeterminación de los pueblos se considera jurídicamente una norma imperativa también, tal como ha sido remarcado a unas cuántas sentencias del Tribunal Internacional de Justicia y tal como es reflejado a la carta de las Naciones Unidas.
2. ¿En que consiste el derecho de autodeterminación?
El derecho de autodeterminación es el derecho que tiene un pueblo, una nación, de decidir si quiere ser independiente o no. El derecho no presupone la voluntad de independencia ni obliga una nación a hacerse independiente. Dice que tiene derechoa decidir si quiere ser independiente o no. En términos jurídicos el derecho a laautodeterminación se conoce como el derecho de cualquier país de «elegir la soberanía y el estatus político, sin compulsiones externas o interferencias».
3. ¿Cuál es la norma de las Naciones Unidas que reconoce el derecho de autodeterminación?
La Carta de las Naciones Unidas, que todos los Estados que forman parte tienen que aceptar, según el apartado segundo del artículo primero1 que la función del organismo es «desarrollar entre las naciones unas relaciones amistosas basadas en el respecto al principio de la igualdad de derechos de los pueblos y del derecho de la libre determinación».
Posteriormente las Naciones Unidas acordaron el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que reafirmó que «todos los pueblos tenían derecho a la autodeterminación. En virtud de este derecho determinan libremente el estatuto político así como el desarrollo económico, social y cultural».
4. Los contrarios a la autodeterminación afirman que ningún Estado reconoce este derecho. ¿Cómo puede ser, pues, una norma imperativa?
No es verdad que ningún Estado no reconozca este derecho. Pero incluso si así fuera, no sería impedimento para que la sociedad internacional lo reconociera. A las constituciones estatales hay una contradicción flagrante respecto de la práctica política de los Estados: no se reconoce el derecho de autodeterminación dentro del propio Estado pero sí que se reconoce fuera. Esta es una práctica política habitual. El congreso español, por ejemplo, el 2014 reconoció el Estado de Palestina2. Reconocía, por lo tanto, de forma implícita el derecho de la autodeterminación al mismo tiempo que negaba el derecho de autodeterminación para los casos internos.
5. ¿Pero hay países que reconozcan la autodeterminación a la constitución?
Sí. La opinión según la cual solo lo hace Etiopía es errónea. De forma indirecta el derecho de autodeterminación lo reconocen todos los Estados que incorporan a la legislación el respecto de las normas del derecho internacional —o sea la inmensa mayoría. De forma directa, reconocer el derecho de autodeterminación a las minorías internas de un Estado no es una práctica habitual por razones obvias, pero muchos Estados a la hora de explicar porque son independientes basan su existencia en la invocación legal al derecho de autodeterminación mismo. En total ahora hay treinta y ocho Estados que en la constitución vigente reconocen la existencia del derecho de autodeterminación:
AlemaniaAngolaBangladeixBolivia (que explícitamente lo otorga a las naciones indias del país), BrasilCabo Verde (que se obliga constitucionalmente a apoyar en los pueblos que luchan por la autodeterminación), CatarColombiaCroaciaCuba,República DominicanaEcuador (que reconoce la autodeterminación para los pueblos indígenas), Eslovaquia, Eslovenia, Estonia (que reconoce las minorías nacionales), Etiopía (que reconoce el derecho a la secesión de las naciones que lo integran),Francia (que reconoce el derecho de autodeterminación a los territorios de ultramar),Guinea-Bissau (que reconoce el derecho de todos los pueblos de la autodeterminación y se obliga a apoyarlos), HondurasHungría (que reconoce los derechos de las minorías), IránKosovoLetoniaMéxico (que reconoce el derecho de autodeterminación de las minorías), MontenegroNicaragua (que reconoce el derecho de las minorías del país a autodeterminarse), ParaguayFilipinasPortugal(que reconoce a la constitución el derecho de la independencia de todos los pueblos),Rusia (que reconoce la autodeterminación de las naciones que forman parte), Serbia,Suráfrica (que reconoce el derecho de autodeterminación de cualquier comunidad que comparta una herencia común cultural y lingüística, dentro de una entidad territorial), Sudán (que reconoce en la constitución el derecho del Sudán del Sur de autodeterminarse), SurinamTimor OrientalTurmenistánUcraniaVenezuela.
Hay más Estados que reconocen el derecho de autodeterminación de forma explícita a las leyes aunque no lo hagan a la constitución, como por ejemplo: Canadá (que reconoce el derecho del Quebec), Dinamarca (que lo reconoce para las islas Feroe y Groenlandia), Italia (que reconoce en Austria un papel de tutela respecto al Tirol del Sur), Finlandia (que lo reconoce para las islas Åland), el Reino Unido (que reconoce el derecho de autodeterminación a muchos de los territorios unidos por la corona),Suiza (que reconoce el derecho de autodeterminación de los lados) o los Estados Unidos (que ha reconocido en algunas sentencias el derecho de secesión).
6. ¿Quién tiene derecho de la autodeterminación?
Este es el punto más complicado de todos porque nadie ha definido de forma exacta qué era un «pueblo» o una «nación». El derecho de autodeterminación se aplica como regla indiscutible a cualquier situación colonial —y en particular a la lista de colonias3 que define las Naciones Unidas. Este derecho no lo discute nadie. En cuanto a la autodeterminación de pueblos no coloniales hay mucha más discusión y no hay unanimidad.
7. ¿Entonces se puede decir que si no eres una colonia no tienes derecho a la autodeterminación?
No. Si eres una colonia nadie te discute el derecho de autodeterminación. Esto vale para las colonias actualmente reconocidas como tales por las Naciones Unidas, entre las cuales hay Gibraltar —que ha ejercido el derecho de autodeterminación eligiendo de quedarse dentro del Reino Unido—, Nueva Caledonia —que ha pactado un referéndum de independencia con Francia para 2016— o el Sáhara Occidental —que a los efectos de las Naciones Unidas continúa siendo una colonia de España.
Si no forman parte de esta lista el derecho de autodeterminación se reconoce de acuerdo con la voluntad política de los Estados. Aunque el sistema de Naciones Unidas haya dejado claro, sobre todo con las sentencias del Tribunal Internacional de Justicia, que este derecho no es únicamente para las colonias sino para cualquier territorio de cualquier Estado.
8. Un ejemplo de territorio no colonial a quien le hayan reconocido el derechoa la autodeterminación ¿cuál es?
Todos los Estados nuevos en el momento que son reconocidos lo son en virtud del derecho de autodeterminación y durante el siglo XXI han aparecido más Estados nuevos en Europa que a los otros continentes. Pero un caso ejemplar es el de Kosovo. El derecho de la autodeterminación de Kosovo en este momento es reconocido plenamente por ciento once de los cien noventa y tres miembros de las Naciones Unidas que ya mantienen relaciones diplomáticas.
Hay unos cuantos Estados, como por ejemplo España, que reconocen el derecho del pueblo del Kosovo de la autodeterminación pero no reconocen el estado resultante porque no están de acuerdo con la manera cómo ha sido creado y hay unos pocos, particularmente Serbia, que sencillamente no le reconocen el derecho de autodeterminación.
El derecho de autodeterminación va generalmente vinculado al reconocimiento de un hecho político. Cuando un pueblo, sea cual sea su definición, informa a la sociedad internacional de un proceso de independencia, los que lo reconocen se basan en el derecho de autodeterminación, mientras que este derecho es negado por una parte de quienes no lo reconocen.
9. ¿Pero entonces todo depende de la arbitrariedad política de cada Estado?
No. El derecho de autodeterminación es reconocido internacionalmente. Es precisamente el caso de Kosovo que consiguió una sentencia histórica del TribunalInternacional de Justicia4. Reconoció que la independencia era válida a partir del principio de autodeterminación proclamado a la Carta de las Naciones Unidas. Esto no quiere decir, pero, que las consecuencias del ejercicio del derecho de autodeterminación sean automáticas.
10. Y, finalmente, ¿un Estado puede invocar las leyes o la constitución para negar la autodeterminación?
Lo puede hacer a efectos políticos internos pero esto no vale a efectos internacionales, ni tiene ningún valor legal. La sentencia sobre Kosovo del TribunalInternacional de Justicia es contundente cuando afirma que ninguna ley doméstica ni internacional puede ser usada para impedir la independencia de un país. La sentencia también esclarece que una declaración unilateral de independencia no viola ninguna norma jurídica internacional. También que cualquier referencia a la unidad nacional o a la inviolabilidad de las fronteras inscrita en una constitución se tiene que interpretar contra otro Estado ya constituido, pero en ningún caso contra la aspiración de autogobierno de un pueblo que pertenece en un Estado.

Vilaweb
20 de agosto de 2015
[Traducido del catalán por Boltxe Kolektiboa.]

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