2.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA.


IRAUNKORTASUNERAKO PROPOSAMENAK

2.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA.


En una época en que, más que nunca, la opacidad y el secretismo administrativo siguen constituyendo el instrumento preferido de quienes se oponen a transferir información a la ciudadanía y para ello no dudan en privarle de lasherramientas esenciales para hacer efectivo su derecho al acceso a la información, verdadera pieza clave del derecho de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos.

Por
este motivo, la plasmación en una norma jurídica de un derecho de
acceso a la información (Ley Aarhus), por más que venga limitado al
estricto ámbito de la información ambiental, representa la
consagración del derecho positivo del principio de transparencia
administrativa.

El acceso a la información ambiental de interés sirve de poco si no
existe una determinación por parte de las administraciones públicas
de garantizar mecanismos y espacios de participación social que
ofrezcan oportunidades reales que permitan a la ciudadanía incidir
en la esfera de lo público, es decir, en todo aquello que afecte o
interese a la sociedad en su conjunto. Y para incidir en el ámbito
público, las instituciones públicas, especialmente los entes
locales, deberían garantizar el acceso a la información, así como
la oportunidad de participar de la toma de decisiones cuando estén
abiertas “todas las posibilidades“ ante una previsible adopción
de una decisión o acuerdo sobre planes, programas y disposición de
carácter general relacionada con el medio ambiente.

Es de constatar que de los 19 ayuntamientos que integran nuestra comarca solamente uno ha cumplido con la obligación de elaborar y poner en vigor Reglamentos Orgánicos que regulen la participación e información de los vecinos y vecinas de los Ayuntamientos de la comarca. Obligación que data desde el año 2003 (LBRL Art. 70 vis)

La transparencia está inherentemente unida al derecho a saber de la ciudadanía, que exige de forma creciente estar suficientemente informada de las decisiones que le afectan, y es hoy día un valor tan esencial como necesario en el contexto político, económico y social.

La información recogida en las web de los Ayuntamientos de Busturialdea en apartados como el de participación y medio ambiente, se limita a enumerar algunos de los servicios municipales. No recoge información ambiental, ni existen canales para la participación.
Por todo ello proponemos:
2.1 Elaborar una “Carta de derechos y Deberes ciudadanos” que contenga un conjunto de instrumentos, algunos que tienen carácter de norma jurídica, otros de proyecto, programa o plan de actuación, dirigidos a favorecer el ejercicio de los derechos ciudadanos para la información y participación. Para ello deberían utilizarse metodologías participativas para la puesta en marcha de cada uno de los aspectos que forman esta Carta, y que recogiera actuaciones tanto en el ámbito de la organización municipal como en el de la ciudadanía y sus asociaciones. .
2.2 Elaborar y poner en vigor un “Reglamento de Participación Ciudadana y Transparencia” que regule, canalice y amplié los derechos que ya vienen proclamados o reconocidos en las Normas Jurídico-Políticas superiores, habilitando los canales más adecuados para su mejor ejercicio( que incluiría además del derecho a la participación, el de información, reunión y asociación, así como el sistema de garantías para su ejercicio).
2.3 En los Ayuntamientos de Busturialdea las reuniones de las Comisiones Municipales o “Informativas” serán públicas y abiertas para que la ciudadanía pueda asistir a sus sesiones, como medida para fomentar la transparencia en la acción municipal y facilitar la participación ciudadana en la toma de decisiones desde las primeras fases. Por ello se establecerán obligatoriamente al menos Cuatro Comisiones Sectoriales Municipales; Asuntos Generales, Cuentas y Hacienda, Cultura y Euskara, y Medio Ambiente. Sin perjuicio que se pueda acordar la constitución de Comisiones Municipales especiales o Ponencias para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.
2.4.- Establecer en cada Ayuntamiento una comisión municipal permanente de Medio Ambiente (ordenación, disciplina,actividades clasificadas, obras, Servicios, Patrimonio Histórico y vivienda) en cuyo seno se potencie la participación de las asociaciones sectoriales con una aceptada representatividad de los mismos y debe contemplar entre sus objetivos el medio ambiente como un factor trasversal a la política municipal.
2.5.- Los Ayuntamientos de Busturialdea crearan un apartado específico de Transparencia en sus correspondientes webs municipales, adaptado a la metodología desarrollada por la ONG “Transparencia Internacional España” (www.transparencia.org.es), que en el año 2008 puso en marcha el denominado Índice de 80 indicadores de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA), orientado a conocer el nivel efectivo de transparencia y de apertura informativa de los ayuntamientos.
2.6.- Creación de un espacio virtual (plataforma, portal, etc.) que sin/a para canalizar la participación ciudadana en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, y para poner a disposición de la sociedad —como así establece la normativa vigente—, de forma organizada, actualizada y sistematizada, la información en materia ambiental de interés para el municipio.

2.7.- Elaborar y cumplir pro-activamente con lo previsto en los Programas de Participación Ciudadana (Ley suelo vasca Art. 108) en los procesos de elaboración o revisión de los Planes Generales de Ordenación Urbana o Planes Urbanísticos de Especial relevancia local o Comarcal, que garanticen plenamente el acceso y la participación al conjunto de las vecinas y vecinos.

2.8.- Poner en marcha un proyecto piloto para la implantación de presupuestos participativos a nivel autonómico y municipal.
2.9.- Garantizar mecanismos para la transparencia en la gestión de las mancomunidades, consorcios, empresas publicas dependientes de los Ayuntamientos, así como de los/as gestores/as municipales en aras de la rendición de cuentas y el control social y ciudadano. Publicar en la página web del Ayuntamiento todos los gastos en los que incurren los responsables políticos con la justificación de cada uno de ellos.
2.10.- Garantizar el pleno ejercicio y protección de los derechos de la ciudadanía en materia de reunión, movilización social, realización de criticas, presentación de propuestas y en sus expresiones democráticas. Habilitar más espacios públicos municipales para el uso de organizaciones sociales y ciudadanos en general.

2.11.- Favorecer la creación de los Observatorios Ciudadanos Municipales (OCM), espacios ciudadanos, abiertos, organizados y autogestoinados dedicados a fomentar la transparencia y la participación social en lo local y que posibiliten el control del gasto público por parte de la población.

2.12.- Garantizar el ejercicio de todos los derechos sociales a todas las personas del municipio, independientemente de su situación legal.

2.13.-Posibilitar espacios de autoorganización y autogestión social, tales como los trabajos comunales en “auzolan”.

2.14.- Favorecer las prácticas de solidaridad e internacionalistas de la ciudadanía.

Comentarios