CADENA PERPETUA

Iñaki Egaña

CADENA PERPETUA
Anuncian que la legislación española acaba de incorporar el concepto de cadena perpetua a su listado de castigos. En la práctica, la cadena de por vida ya era aplicada a presos vascos, por lo que no nos ha pillado de sorpresa. Quizás el envoltorio, el de las medidas contra la "ofensiva yihadista".
Pero eso se trata de un envoltorio. España ya sufrió atentados yihadistas en 1985 y 2004 (restaurante El Descanso, líneas aéreas británica y jordana, trenes de cercanías) con decenas de víctimas mortales y, sin embargo, no varió su código penal. La cadena perpetua, ya tenemos las suficientes canas como para saber cuando nos engañan, está diseñada para la disidencia interna, la peninsular, no para las supuestas amenazas externas. Para estas últimas, y Madrid ya ha estado implicado en unos cuantos, están los bombardeos indiscriminados.
La cadena perpetua sirve para visionar, asimismo, que el objetivo de la cárcel como redención y no como represión es, también, un cuento. Con el tiempo, los mecanismos punitivos se han ido perfeccionando, aunque no por ello se han catequizado en sibilinos. La cárcel se ha convertido en el centro de la venganza, por excelencia. En el saco de todas las perversidades políticas aplicables al disidente.
Las condenas impuestas por la Audiencia Nacional tienen ya su proporcionalidad política, y la ahora llamada "prisión permanente revisable", se lleva aplicando una buena temporada. Por quemar el cajero de un banco varios jóvenes vascos han sido condenados a 15 años. Por quebrar un banco o por vender productos tóxicos, ¿quién ha ido a la cárcel? Botín creó una doctrina que sirvió para salvarle su pellejo. No fue universal.
La cadena perpetua, hechas estas interpretaciones primeras, sirve para asentar aquella frase que, ufano, despachó el hasta hace poco número uno del PSOE: "El sistema penal español es el más duro de Europa". Alfredo Pérez Rubalcaba no difería en exceso de lo apuesta de Fraga, Martín Villa o Barrionuevo. La razón de la dureza está sistemáticamente definida en el deseo permanente de venganza.
Un ejemplo. En diciembre de 1980 fueron condenados a 15 años de prisión tres mercenarios (Maxime Szonek, Marc Obadia y Jean Claude Ruiz) por la muerte del refugiado Enrique Gómez Korta. Lo celebraron con champagne. Esperaban la cadena perpetua. Su defensa fue única: trabajaban para los servicios secretos españoles. Szonek agente también del MOSSAD, según Mundo Obrero, rehizo su vida en Nanterre tras cumplir parte de su condena.
Tres meses después de la muerte de Enrique Gómez, unos "desconocidos" secuestraron en Hernani a Juan Luis Zabaleta, trabajador de Orbegozo. Le introdujeron en un coche, le interrogaron, le dieron un tiro en el vientre y lo abandonaron junto al cementerio, Tuvo suerte. Descubierto por un vecino, fue ingresado en la UVI hospitalaria. Salvo la vida. Nadie fue enjuiciado por estos hechos.
Unos años más tarde, el mismo Juan Luis Zabaleta y su hija Aintzine fueron ametrallados en el bar Batxoki de Baiona. Según la sentencia 30/91 de la Audiencia Nacional, los responsables del atentado fueron Amedo y Dominguez. Los ejecutores, unos mercenarios portugueses. Sabemos ya de las andanzas de ambos, su levedad en prisión, el paseo por los platos televisivos del primero y la condena por narcotráfico del segundo. Un insulto generalizado.
En 1999, hace ya más de 15 años, Aratz Gómez Larrañaga y Arkaitz Sáez Arrieta intentaron robar una máquina troqueladora en Irun. Fueron detenidos y acusados de ser miembros de ETA. Iraun Zabaleta Apaolaza se daría a la fuga, aunque se presentaría a la fiscalía de Baiona en febrero de 2000. Aratz era hijo de Enrique Gómez, el refugiado muerto por el llamado Batallón Vasco Español, eufemismo de los servicios españoles. Iraun sobrino de Juan Luis Zabaleta, primo de Ainitze, heridos en atentado del entonces GAL, nombre inventado en una oficina de los servicios secretos españoles. El padre de Iraun está aún en prisión.
Los tres fueron juzgados por los mismos hechos, intento de robo de la troqueladora de matrículas, en Irun. La Audiencia Nacional española condenó a Gómez y Sáez, vecinos de Baiona y Azkaine, a 18 años de prisión a cada uno. La Justicia francesa, en cambio, condenó a Zabaleta a 3 años de cárcel por los mismos hechos que, luego, el tribunal de apelación de París elevó a cinco. En febero de 2004 Iraun cumplió su condena y abandonó la prisión.
Arkaitz, en cambio, sigue preso, 16 años después, en Puerto de Santa María, a mil kilómetros de su casa. En el mayor complejo penitenciario de Europa. Aratz, un poco más cerca de Baiona, en Ocaña, la cárcel donde, según Amnesty International, estuvo el preso político que más años pasó en prisión durante la dictadura franquista, Fernando Macarro (con el seudónimo de Marcos Ana), 23 años.
En 2011, José Mari Sagardui abandonó la prisión de Jaén, a 731 kilómetros de su localidad natal, Zornotza. Iba a cumplir 31 años ininterrumpidos en prisión. Jon Agirre Agiriano salió de prisión en 2012 tras cumplir 30 años. Koldo Aginagalde abandonó la prisión de Albolote tras rellenar 29 años entre rejas. La lista la conocen de sobra.
Filipe Bidart, de Baigorri, fue condenado por un tribunal francés a dos cadenas perpetuas. Cumplió más de 19 años antes de salir en libertad condicional de la prisión de Clairvaux, la misma que había albergado en el siglo XIX al anarquista ruso Piotr Kropotkin. La cárcel de Clairvaux, de máxima seguridad, alberga a los condenados en Francia a largas penas. Hace unos años, antiguos reclusos de la misma hicieron público un manifiesto en el que se denunciaban que los condenados entre 6 y 28 años eran, en realidad, "condenados a muerte". Y que esas penas evidenciaban que la abolición de la pena de muerte era falsa.
Pérez Rubalcaba tenía razón. España iba aún más lejos.
La legislación penitenciaria vigente para la disidencia política, a pesar de los numerosos cambios ya con Falange, UCD, PSOE o PP, tiene un notorio carácter malintencionado. No hay rehabilitación posible. Y, en consecuencia, se aplican códigos bélicos, de castigo supremo, los mismos de las leyes de Bandidaje y Terrorismo de 1943, 1947 y 1960. Los delitos eran de carácter político aunque estuvieron previstos en el código penal ordinario.
La ley del agosto 1975, la 10/1975, última manifestación jurídica del régimen franquista en la que se mencionaba el terrorismo, referido a “los grupos u organizaciones comunistas, anarquistas, separatistas y aquellos otros que preconicen o empleen la violencia como instrumentos de acción política y social" tiene una similitud que eriza el vello con la llamada Ley Mordaza, a pesar de que han transcurrido 40 años.
La ley orgánica 7/2003 modificaba los máximos excepcionales de la pena de prisión, pudiendo llegar hasta los 40 años, cuando se cometan dos o más delitos, y al menos dos de ellos (uno en los casos de terrorismo) estuviese castigado con pena de prisión superior a 20 años. Si eso no es cadena perpetua, o falsa abolición de la pena de muerte como dijeron los del Manifiesto de Clairvaux, que venga alguien con más luces y me lo explique.
Esa normativa incluye también, como recordarán, que, para acceder a las reducciones de pena, el preso deberá hacer "una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito", una exigencia de contrición moral que bien difícilmente puede encajar en el Derecho Penal tanto que el jurista italiano Luigi Ferrajoli la define como ”una regresión a la inquisición premoderna”.
Ahora nos anuncian la "prisión permanente revisable". Cadena perpetua para entendernos. Una medida que ya estaba siendo aplicada a la disidencia vasca, incluso con carácter retroactivo. Como Cristóbal Colón no descubrió un continente ya habitado, tampoco ahora nos descubren el castigo en su máxima dimensión. Hace tiempo que muchos de nuestros compatriotas lo sufren

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