El Supremo invalida el polémico plan urbanístico de Lezama


El Supremo invalida el polémico plan urbanístico de Lezama

Declara nula la norma que recalifica el solar de la familia de la alcaldesa

ALBERTO URIONA - Bilbao - 19/02/2011


El polémico plan urbanístico en los terrenos de la familia de la alcaldesa de Lezama, la peneuvista Alaitz Etxeandia, ya no tiene amparo legal. El Tribunal Supremo ha ratificado, en un auto firme, la anulación del planeamiento urbanístico municipal, aprobado en 2007, que recalificaba los suelos de los Etxeandia de urbanos con calificación de inundable, lo que no permite edificar viviendas, a urbanizables.

El fallo del Supremo confirma la sentencia emitida en junio de 2009 por el Tribunal Superior vasco, que decretó la anulación de las normas subsidiarias por carecer de la previa declaración de impacto ambiental. El auto llega justo cuando el Ayuntamiento estaba terminando los trámites administrativos para se pueda ejecutar la construcción de 52 pisos en ese solar. Este plan urbanístico ha sido el único que se ha desarrollado de las normas subsidiarias.

Como ya informó este diario, los Etxeandia alcanzaron un acuerdo de compraventa con dos constructoras en febrero de 2007, ocho meses antes de la aprobación del planeamiento urbanístico que recalificaba sus terrenos. Suponía el cobro de seis millones de euros. En 2009, renegociaron el acuerdo y se rebajó la cantidad hasta los 5,5 millones. La clave del caso es que el acuerdo alcanzado fija el plazo límite del próximo abril para que el Ayuntamiento concluya los trámites y ponga el suelo a disposición de los promotores. En caso contrario, los Etxeandia deben reintegrar lo cobrado más los daños y perjuicios.

El plan urbanístico para la denominada área de Txupetxa se ha agilizado desde finales del pasado año. Los trámites se aceleraron en octubre solo dos semanas después de que la Fiscalía concluyera, tras una investigación oficial, que no hubo prevaricación en la actuación de la alcaldesa. El plan especial para acometer el proyecto fue aprobado por la Diputación de Vizcaya las pasadas navidades. Pocos días después, el consistorio aprobó inicialmente el Programa de Actuación Urbanizadora, ahora en fase de alegaciones, el último requisito para que se pueda urbanizar la parcela y así dejarla a disposición de los promotores.

Además de este varapalo judicial, las constructoras con la que se acordó la compraventa rechazan acometer la edificación, una situación inédita en un proyecto de urbanización. Han aducido la anulación de todo el planeamiento urbanístico y presentaron alegaciones en octubre ante el consistorio. "¿Quién puede gestionar y urbanizar una unidad de ejecución que está cimentada sobre pies de barro, con la consiguiente inversión de varios millones de euros? Esa pregunta se la hacemos a la presidenta alcaldesa", afirmaron textualmente en sus alegaciones.

El auto del Supremo que declara ilegal el planeamiento de Lezama, fechado el 20 de enero, rechaza que la falta previa de la declaración de impacto sea subsanable, como sostenía el Ayuntamiento de Lezama. El tribunal afirma que las administraciones deben ser rigurosas en las tramitaciones de sus planes urbanísticos y la omisión de la declaración de impacto, como ocurre en este caso, es un hecho grave. "Los vicios de invalidez en que pueden incurrir las disposiciones generales son únicamente supuestos de nulidad de pleno derecho". En consecuencia, que se debe tramitar un nuevo plan urbanístico sin poder subsanarse el anterior.

Además, el Supremo se declara incompetente para estudiar la causa, ya que solo puede actuar en los presuntos incumplimientos de leyes estatales, y no de las autonómicas. En estos últimos casos los recursos concluyen en los Tribunales Superiores de cada comunidad autónoma. En su auto, asegura que en el plan urbanístico de Lezama solo se ha infringido la ley vasca y que la invocación a la normativa estatal "reviste un carácter meramente instrumental, que tiene por objeto sortear el obstáculo procesal".

El Ayuntamiento de Lezama ya tiene en tramitación nuevo plan urbanístico, aprobado en marzo pasado, solo tres días después de que EL PAÍS desvelase el acuerdo de los Etxeandia con las constructoras, una iniciativa que expertos urbanísticos opinaron entonces que buscaba una cobertura al proyecto de la zona de Txupetxa.

La asociación vecinal Lezama Bizirik, quien llevó este caso a los tribunales, se mostró ayer satisfecha por el auto del Tribunal Supremo y exigió la paralización de "cuantos trámites urbanísticos esté realizando en base a las normas definitivamente anuladas, como la urbanización de Txupetxa y la elaboración de un nuevo plan general". El consistorio eludió comentar el fallo, pese a los requerimientos de este diario.

Unas normas urbanísticas de 2007

  • - El Ayuntamiento de Lezama aprobó en octubre de 2007 las nuevas normas subsidiarias municipales, en el que se preveía la construcción de 243 pisos en áreas consideradas inicialmente inundables, entre ellos, los 52 del solar de la familia de la alcaldesa. La inclusión de esas 243 viviendas fue polémica, ya que se introdujo en virtud de un informe de la Dirección de Aguas del anterior Gobierno entregado pocos días antes de la aprobación del planeamiento por el Ejecutivo.
  • - Las normas fueron recurridas por Lezama Bizirik. En 2009, el Tribunal Superior vasco las declaró nulas por no incluir previamente el informe de impacto ambiental.
  • - El Ayuntamiento recurrió el fallo y, un mes después, empezó a impulsar el plan urbano en el solar de los Etxeandia.
  • - En marzo de 2010, se conoció el acuerdo de compraventa de los terrenos con dos constructoras, cerrado en febrero de 2007, ocho meses antes de la aprobación de todo el planeamiento. El 20 de enero, el Supremo ratifica el fallo del Superior.


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