Obras Ilegales en una curva peligrosa



Varios vecinos de Busturia se han dirigido a nosotros para denunciar el abuso de las obras de cierre que se están llevando a cabo en la curva de la ermita de San Bartolomé. En este punto el ex-alcalde de Busturia, D. Javier Gondra, suele aparcar ostensible y continuadamente su todoterreno en medio de la vía publica, junto al seto de la casa que comparte con su esposa poniendo en peligro al resto de los vehículos y peatones que circulan por este tramo de carretera rural.

En estos días hemos observado, que esta ejecutando un avance del cierre de su parcela en colindancia con la vía pública y al ras de la cuneta. Pues bien, nos hemos cogido el trabajo de analizar la conveniencia de las obras desde el punto de vista de la normativa urbanística local. LLegando a la conclusión que tales obras incumplen las normas subsidiarias de Busturia en materia de cierre de parcelas y accesos a la vialidad pública desde garajes.

Así el artículo 33 de la normativa urbanística que regula las “Cercas y vallados” establece en su apartado 1 que “En suelo no urbanizable y donde no existan alineaciones definidas, los cierres de finca no podrán situarse a una distancia inferior a 3 metros de los caminos existentes.” Si bien en Busturia siguiendo lo dispuesto en el PRUG de Urdaibai se asumía que en los caminos rurales situados en el no urbanizable tal distancia se media desde el eje del camino. Pero en este caso no se han cumplido ninguno de los dos extremos citados, ya que se esta construyendo al ras de la cuneta y en un lugar en el que no existía pared o cerramiento previo..

También incumple lo dispuesto en el mismo artículo apartado 2.C, en el que se establece como desarrollo máximo del “Muro de fábrica de altura inferior a 1,2 metros y malla metálica o verja hasta los 1,80 metros”. Cualquiera que observe la altura del cierre que se esta ejecutando se ve a las claras que el mismo supera evidentemente las alturas fijadas para todos este tipo de muro de cierre en nuestro municipio.

También, se establece en las normas subsidiarias que los accesos a la carretera se deberán realizar desde puertas situadas al menos 5 metros la línea del muro, desde una posición retranqueada, con el fin de que el vehiculo acceda al vial con toda seguridad, ni se tenga que aparcar en el vial para cerrar o abrir la puerta.

Es de esperar que en breve se corrijan las infracciones mencionadas, que están siendo realizadas por quien ha estado aplicando esta normativa a los demás convecinos.

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