Los muros que parten el municipio

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Los muros que parten el municipio

Aunque la vigente normativa urbanística obliga a respetar unas tipologías y condiciones concretas para el vallado de fincas urbanas y terrenos rústicos, proliferan muros y cierres no permitidos, de gran tamaño y totalmente anti-estéticos en el campo y calles de Busturia

Pese a que las normativas medioambientales o urbanísticas consagran el carácter teóricamente protegido del suelo rústico, este paisaje se ve cada vez más desfigurado no sólo por multitud de viviendas residenciales no adaptadas al paisaje, sino también por tapias, vallados y muros totalmente impropios del entorno rural como el de Busturia, guste o no guste, parte de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai. El vigente PRUG(Plan Rector de Uso y Gestión de Urdaibai) y las propia Normativa Urbanística local obligan a observar una serie de proporciones y a usar unos materiales concretos que no siempre son respetados. Estas obras requieren de licencia municipal previa.


11-Novi-12/ BUSTURIA Desde que se aprobaron las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Busturia (en adelante NSPU) en 1 de Marzo de 1997, todos los vallados de fincas en suelo rústico –también las urbanas-- están sujetos a unas claras condiciones estéticas para evitar que continúe la proliferación de tapias y muros de aspecto artificial o excesivamente grandes que fraccionan el paisaje agrario, rompen las perspectivas visuales de este tipo de terrenos protegidos y suponen, en definitiva, un impacto equiparable a cualquier otra construcción.
Asi el articulo 12 apartado 1.3.2. de las NSPU de Busturia establece que que están sujetos a la obtención de licencia urbanística la “La ejecución de las obras de cierre de parcelas y sus reformas y modificaciones. ”
El articulo 33 del NSPU señala que en suelo rústico En suelo No Urbanizable sin edificación vinculada, “no se autoriza ningún tipo de cierre, salvo los precisos para el control de la ganadería” y añade que “En caso de interesar, la delimitación de fincas se efectuará a base de arbolado o cierre vegetal”. En este mismo tipo de suelo los cierres de parcelas en las que se asientan viviendas o instalaciones podrán ser “Cercas de madera alambrada fijadas a estacas aisladas y ancladas en el suelo sin muretillo continuo perimetral, así como cierres vivos vegetales solos o combinados con los anteriores con una altura inferior a 2,00. ”. En el ámbito rustico con edificación soportada sólo se admitirán muros macizos de “tapial tradicional a base de mampostería vista hasta una altura de 1 1,20 metros. ” y se admitirán también las cercas de tabloncillo y cabios de madera tratada o pintada hasta 1,2 metros de altura.
La malla electrosoldada esta prohibida por el PRUG
El mismo articulo 33. en su apartado 2.c) establece un régimen diferente para los cierres y vallados de los solares o parcelas que ostenten la calificación urbanística de “Urbanos” o “aptos para urbanizar” ademas de poder cerrar con los sistemas de cierre permitidos para los suelos rústicos, se podrá vallar una parcela a base de “Muro de mampostería vista hasta una altura de 1,60 metros sin vallado” o un sistema mismo de muro de fabrica se 100/120 metros y malla metálica o verja de 80/60 cm hasta una altura máxima combinada de 1,80 metros. Elementos metálicos tradicionales que siempre tendrán que ser diáfanos, es decir, que no oculten el interior mediante telas plastificadas.
En todo caso en la vigente normativa local, se prohíben completamente; Los cerramientos vistos de ladrillo, bloque cerámico o de hormigón los que habrá que rasear o/y pintar obligatoriamente, así como los “Cierres con tablas residuales de madera o chapa, plásticos, fibrocemento y toda clase de material de escombro ”. También se prohíbe la utilización de “pastores” eléctricos o “alambre de espino en zonas lindantes con carreteras, caminos vecinales o senderos ” con el fin de evitar daños a los usuarios de los mismos.
La carretera comarcal esta constreñida entre muros
Tambien hay que reseñas que la normativa urbanística local –También el PRUG o la Norma Foral de Carreteras-- unas lineas de separación minima de carreteras, caminos rurales y sendas peatonales de Obligado cumplimento “en los que los cierres de finca no podrán situarse a una distancia inferior a 3 metros de los caminos existentes”, si bien se media en el caso de pistas, sendas y caminos rurales secundarias desde el eje de la carretera. En todo caso habría que armonizar esta normativa dado que el PRUG de Urdaibai establece para caminos rurales y sendas peatonales 1 metro, y 3 metros para el resto de carreteras Forales, Comarcales o Locales.
Estas normas urbanísticas son de plena aplicación en todos los barrios del municipio, pero continúan apareciendo casos de tapias y paredes completamente ajenas a este tipo de paisaje. Así lo denuncio ZAIN DEZAGUN URDAIBAI (denuncia aun no resuelta) que en la carretera de San Bartolóme a Altamira, junto a un sembrado que da a esa vía, se ha levantado uno de estos cierres ilegales, de unos 50 metros de largo y casi dos de alto, enteramente de “Malla Electrosaladada” y pies derechos de tubo metálico y, además, apoyada en un muretillo en su parte inferior.
Así mismo se están reconstruyendo muros de mas de 1,80 metros de altura en la zona del Nucleo Rural de Gorritxikale sin respetar ni la altura máxima permitida ni las lineas de protección del camino rural sobre el que se apoya. También se ha denunciado la reconstrucción de un cierre rustico en la Zona de Santarena-Artadi realizada con materiales prohibidos en la normativa, superando la altura permitida, y sin separarse de caminos y calles existentes.

«Seguimiento complicado»
El alcaldesa de la localidad, afirma que se ha ordenado al arquitecto de la localidad que redacte os poportunos informes tecnicos. Sin embargo, asegura que «el seguimiento de este tipo de obras es muy complicado» y admite que, aparte de los mencuionados, no hay otros expedientes sancionadores en marcha contra vallas ilegales.

Sin llegar a estos extremos de impacto visual, paredes de hormigón, de rejas, de cipreses de gran altura y de todo tipo de elementos y características salpican el paisaje rural Busturitarra. A menudo –como sucede en las inmedioaciones de la rotonda de Lekosais-- estos cerramientos ilegales ocultan negocios igualmente clandestinos, sobre todo zonas de aparcamiento y almacenaje de camiones y también barcos. En otras ocasiones, se trata de parcelas residenciales rodeadas de tapias con molduras o elementos cerámicos de gran aparatosidad que sólo denotan el dudoso gusto de sus propietarios, además de ser una flagrante infracción urbanística.
En la zona de Ibarreta o Txakurren Kamposantua se observan cerramientos hechos a base de cipreses o otras especias vegetales, que forman una muralla vegetal tupida y de gran altura llegando a inviadir en vuelo la propia pista de Hormigon. También este tipo de cerramientos vulnera la normativa vigente, que sólo permite «cercados vegetales de hasta dos metros de altura». También son ilegales los vallados de brezo o setos superiores a dos metros de alto.

«Choque de intereses»

El interés de los particulares en garantizar su seguridad personal, proteger la propiedad privada y evitar el acceso de extraños a sus parcelas es uno de los argumentos más frecuentemente empleados por los propietarios de este tipo de cercados. Hace pocas décadas, los únicos cercados de las fincas rurales de Busturia –aparte de las paredes de piedra tradicional–, consistían en alambradas sostenidas con estacas de madera. Su único objetivo era evitar que huyera el ganado, más que impedir la entrada de extraños. Eran tiempos en que se podía dormir en el campo con todas las puertas de la casa abiertas de par en par. «Pero ahora, ¿cómo vamos a vivir tranquilos sin algo que detenga el paso? En verano no hace más que entrar gente en la finca, unos porque se pierden y otros porque se creen que esto es un terreno público», se preguntaba ayer enojada una vecina de Busturia. Este comentario, con variantes, se repite a menudo en la Localidad.
Por parte de la Administración Local responden a esta inquietud afirmando que los particulares tienen derecho a vivir con seguridad, pero que ello no es incompatible con preservar la imagen tradicional del paisaje rural, garantizar la libre circulación de especies animales de unas zonas a otras, o la protección las carreteras. Las telas metálicas, por ejemplo, están permitidas siempre que no superen los 1,60 metros de altura y su cuadro de alambre no sea tan tupida que dañe o impida el paso a aves y pequeños mamíferos como establece la Ley de la Biodiversidad y se sujeten a postes de madera.
Vallado Respetuoso
En el caso de los vallados colindantes con caminos y carreteras, el Ayuntamiento de Busturia afirma ser especialmente exhaustivo y afirma enviar a sus técnicos para marcar el lugar exacto por donde deben discurrir los cerramientos y vallados para evitar que se afecten zonas de dominio público o a las alineaciones establecidas en las Normas Subsidiarias. Sin embargo vecinos del municipio constatan cierres de nueva planta y reposiciones de las mismas que en ningún caso se separan los tres metros exigidos por la Norma Foral de Carreteras con las afecciones que suponen a la movilidad, y la reduccion de la seguridad para peatones o automoviles.

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